27
Dic
2016

Suspensión de la Dra. Alejandra Velázquez

El 27 de diciembre de 2016 el Jurado de Enjuiciamiento resolvió por unanimidad en sesión especial convocada al efecto declarar la admisibilidad de los cargos formulados, y suspender a la Jueza Dra. Alejandra Velázquez en el desempeño de su cargo.


Suspensión de la Dra. Alejandra Velázquez

El 27 de diciembre de 2016 el Jurado de Enjuiciamiento resolvió por unanimidad en sesión especial convocada al efecto declarar la admisibilidad de los cargos formulados, y suspender a la Jueza  Dra. Alejandra Velázquez en el desempeño de su cargo.
Pocas semanas atrás informamos sobre la renuncia de la magistrada a su cargo.
Sin embargo se decidió elevar una nota a la Señora Gobernadora de la provincia solicitándole que dada la gravedad de las imputaciones no aceptara la renuncia.
Efectivamente ello sucedió de ese modo y pese a que la acusada Velázquez puso en conocimiento dicha circunstancia, el Jurado resolvió que no existiendo constancias de la aceptación de la renuncia por parte del Poder Ejecutivo correspondía pasar a la etapa subsiguiente del procedimiento.
A partir de hoy por mandato de la ley el Poder Ejecutivo debe abstenerse de aceptar la dimisión.
Se ha dado un importante paso en procura de mejorar la calidad institucional a la que todos aspiramos.
El Colegio entendió que la renuncia no puede constituir una cómoda salida para quienes han actuado como lo ha hecho la acusada, mucho más por cuanto su destitución implicará la inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos.
En esa inteligencia no escatimará esfuerzos para que salgan a la luz los gravísimos hechos sucedidos en el Juzgado, y la Dra. Velázquez sea destituida, puesta a disposición de la Justicia en lo Criminal e inhabilitada.
Pudimos optar por el camino más fácil y no lo hicimos porque creemos que así representamos al mayoritario pensamiento de los matriculados, sirviendo mejor a las instituciones republicanas.
El Poder Judicial necesita cambios profundos, pero ello comienza primero depurándolo de indignos.
Nadie puede tener dudas respecto de cuál es la política del Colegio de Abogados de San Isidro.
 

Noticia relacionada
INFOBAN 27 12 2016 Jueza de Pilar denunciada por adopciones irregulares fue suspendida y será sometida juicio
Somos Noticias Norte 28-12-2016. Remueven a Jueza de Pilar

Noticias

Coordinado por la Comisión de Derechos Humanos y Sociales del CASI, durante la jornada del jueves 9/12/21se firmó un Convenio marco de colaboración entre el Colegio de Abogados de San Isidro y la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo, representada por la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo.
El viernes 10 de diciembre desde las 19:30 hasta la una de la madrugada despediremos el año en los jardines del Colegio. Se ha previsto "estacionamiento gratuito" en las cocheras de Acassuso 454. Reservemos esta fecha como el compromiso especial para reunirnos con nuestros colegas. Valor de la tarjeta. Forma de pago. Cupos limitados.
El propósito del sistema de enjuiciamiento de magistrados, fruto del régimen constitucional nacional y provincial, no es el castigo al funcionario, sino la separación del magistrado que pueda haber incurrido en las faltas y delitos previstos por los arts. 20 y 21 de la ley 13661. La sociedad reclama volver a creer en el poder Judicial, por lo que es de nuestra incumbencia que el mismo vuelva a ser creíble.
El Presidente del Colegio, Dr. Santiago Quarneti, recibió hoy (19/11/21) al mediodía a la Presidenta del Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de San Isidro, Dra. Paula Lorena Méndez, oportunidad en que trataron cuestiones de interés institucional.
Las decisiones judiciales deben fundarse en derecho y no cercenar nunca el correcto ejercicio de los mismos. Pero la titular del Juzg. Civ. y Comercial 12 de San Isidro, dispuso -en una sucesión- rechazar la prórroga de competencia territorial dentro de nuestra provincia pedida por un heredero mayor y hábil, en clara violación de lo dispuesto por el art. 1 del Cód.Procesal Civil y Comercial. Declaración.