Sustitución de Patrocinio

Desde el Portal de autogestión el profesional de la abogacía puede acceder al servicio de: 

Sustitución de patrocinio

Los matriculados podrán presentar en su colegio, a través del portal de autogestión, el pedido de sustitución de patrocinio que se tramitará de la siguiente forma:

𝗣𝗿𝗼𝗰𝗲𝗱𝗶𝗺𝗶𝗲𝗻𝘁𝗼 𝗖𝗼𝗹𝗲𝗴𝗶𝗮𝗱𝗼𝘀

Acceder a  portal.colproba.org.ar  con su usuario y contraseña

Seleccionar la opción SUSTITUCIÓN DE PATROCINIO

Completar el formulario con toda la información requerida

Confirmar el trámite

En caso de detectar algún error u omisión luego de confirmar el trámite podrá anular la presentación y volver a ingresarla (siempre y cuando el empleado del colegio no haya validado la misma)

Luego de que el empleado del colegio confirme la recepción, recibirá un e-mail con el aviso de recibo y será posible generar un documento (en formato pdf) con la constancia de la sustitución realizada.

Los profesionales podrán visualizar un listado histórico de todas las sustituciones realizadas y recibidas desde esta misma pantalla.

Consultas: [email protected] –  4743-5720 int. 353

 


Ley 5177. Art. 60:
“Sin perjuicio de lo que disponen las leyes generales, está prohibido a los abogados… In. 4) Aceptar el patrocinio o representación en asuntos en que haya intervenido un colega, sin dar previamente aviso a este”

Normas de Ética profesional. Art. 40:
“Sustitución en el patrocinio. El abogado debe dar aviso al colega que haya intervenido en un asunto, antes de aceptar el patrocinio o representación de la misma parte. El aviso previo no es necesario cuando el anterior colega ha renunciado expresamente al patrocinio o mandato. Sin embargo, es recomendable que el nuevo abogado haga saber al anterior su intervención en el asunto”.
 

Noticias

El Registro Provincial de las Personas, a través de la Disposición 1366/16, aprobó cambios en la confección de distintos modelos de oficios. La normativa vigente establece que todas las resoluciones judiciales que den origen, alteren o modifiquen el estado civil o la capacidad de las personas, deberán ser remitidas al Registro de origen de la inscripción para su toma de razón.
Desde el 15 de junio, regirá un nuevo sistema de generación del Bono Ley 8480. Con el nuevo procedimiento el abogado ya no ingresará más con su tomo y folio. Lo hará, la primera vez, mediante la carga de su CUIT y de una clave que la genera en el propio programa. Así, cada vez que ingrese para generar un bono lo hará con su clave.
Último momento. Levantan el paro, 31/5, 14:00. (Ante el anuncio del conflicto del personal judicial que dispuso mantener el estado de huelga desde el 31/5 al 3/6, el Colegio hizo saber que funcionaría -durante esos días- la Mesa receptora de escritos en Acassuso 442, de 8:00 a 12:00 y en la Delegación de Pilar)
A partir del lunes próximo -30 de mayo- se suspenderá el servicio de la mesa de información (ubicado en la planta baja del edificio de Tribunales- Ituzaingó 340-) para comenzar la construcción de un nuevo estand. Cualquier ayuda profesional será brindada en la Sala de Profesionales del segundo entrepiso.
Hacemos saber a los Colegas, que el Directorio de la Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires ha tomado varias medidas ante la emergencia surgida como consecuencia del paro judicial. Detalles. Los interesados pueden formular consultas en la Delegación del Colegio.