Un particular denunció, ante este Colegio de Abogados, al letrado que contrató para tramitar sendos juicios en San Isidro porque no podía comunicarse con él, ni le devolvía sus llamados telefónicos. Razón por la cual el interesado concurrió al Juzgado para extraer fotocopias y consultar con otro profesional.
Contactado por el nuevo profesional, el letrado denunciado sostuvo que en el juicio de desalojo nunca se le había corrido traslado de la demanda, ni en el ejecutivo se había trabado embargo y tanto en esos expedientes como en el beneficio de litigar sin gastos, obraban firmas suyas adulteradas, manifestando además que tenía intenciones de renunciar.
Como algunas de las certificaciones pertinentes permitieron corroborar que el profesional cuestionado tiene matrícula en Capital Federal y no así en la provincia de Buenos Aires se le corrió traslado cfr. el art. 31-ley 5177-.
En el descargo el letrado denunciado reconoció haber cumplimentado personalmente algunos recaudos procesales, adjudicándose la firma de varios escritos judiciales, asegurando haber informado que al no estar colegiado en la provincia de Buenos Aires sería patrocinado por un colega de su estudio. Oportunamente ofreció prueba y solicitó el archivo de la denuncia.
En razón de su propio reconocimiento y dichos probados, surgió que el abogado denunciado habría asumido y llevado a cabo un asesoramiento y/o gestión extrajudicial en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, careciendo de matrícula habilitante para ello. Por ende, ante la violación de lo normado por la ley 5177, este Colegio ordenó efectuar la correspondiente denuncia penal, destacándose especialmente lo prescripto por los arts. 1, 116, inc. a) y 120, ambos de la ley 5177 (t.o. ley 12277 y 12548).-"
Radicada la denuncia ante el Juzgado Correccional nro. 5, a cargo de la Sra. Juez Dra. Andrea Paglani, la Magistrada condenó el 5 de diciembre de 2012 al letrado denunciado -por infracción a los artículos 1ro y 116 inc.a de la ley 5177, a la sanción de una multa de veinte jus.
11
Jun
2013
Un abogado ha sido multado en sede judicial, por ejercer sin estar matriculado en un Colegio de Abogados departamental
El Juzgado en lo Correccional nro. 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Dra. Andrea C. Pagliani, multó a un abogado matriculado en Capital Federal por ejercer la profesión en San Isidro careciendo de la correspondiente matrícula provincial.
Noticias
El martes 29 de marzo de 2022, por primera vez el Colegio de Abogados de San Isidro fue sede de una sesión plenaria del Consejo de la Magistratura de la Provincia de Buenos Aires. Motivos de esta iniciativa. Cuestiones tratadas. Celebración de un Conversatorio.
El 25/3/22 se reunió en Azul, la Comisión de Administración y Justicia del COLPROBA que preside el Dr. Santiago Quarneti. Participaron 15 delegaciones en la continuidad de una agenda en movimiento para demandar a los órganos de la administración de justicia, soluciones urgentes que respondan a las necesidades de la ciudadanía y garanticen el libre ejercicio de nuestra profesión de abogados/as.
Los invitamos a participar del Conversatorio que sobre "Novedades en el sistema de empadronamiento, inscripción y convocatoria a exámenes -Consejo de la Magistratura de la Prov. de Buenos Aires-" se llevará cabo el 29/3/22 a las 14:00 en Acassuso 424, 1° piso de San Isidro.
Ante la circulación de comunicaciones en las distintas redes sociales a las que acceden habitualmente nuestros matriculados, ciertamente llamativas, el Consejo Directivo del CASI manifiesta su preocupación por la dudosa finalidad de su contenido, claramente reñido con las normas del comportamiento ético que, además, banaliza el valor de la Colegiación profesional.
Aviso. El Consejo de la Magistratura de la Nación anuncia la elección de las Representantes de la abogacía para el período 2018/2022. Se llevará a cabo el martes 5 de abril, de 9:00 a 18:00, en la sede de Martín y Omar 339 de San Isidro. Detalles del acto eleccionario.(8/3/22: Fueron extendidos los plazos de publicidad y oposición)