Un particular denunció, ante este Colegio de Abogados, al letrado que contrató para tramitar sendos juicios en San Isidro porque no podía comunicarse con él, ni le devolvía sus llamados telefónicos. Razón por la cual el interesado concurrió al Juzgado para extraer fotocopias y consultar con otro profesional.
Contactado por el nuevo profesional, el letrado denunciado sostuvo que en el juicio de desalojo nunca se le había corrido traslado de la demanda, ni en el ejecutivo se había trabado embargo y tanto en esos expedientes como en el beneficio de litigar sin gastos, obraban firmas suyas adulteradas, manifestando además que tenía intenciones de renunciar.
Como algunas de las certificaciones pertinentes permitieron corroborar que el profesional cuestionado tiene matrícula en Capital Federal y no así en la provincia de Buenos Aires se le corrió traslado cfr. el art. 31-ley 5177-.
En el descargo el letrado denunciado reconoció haber cumplimentado personalmente algunos recaudos procesales, adjudicándose la firma de varios escritos judiciales, asegurando haber informado que al no estar colegiado en la provincia de Buenos Aires sería patrocinado por un colega de su estudio. Oportunamente ofreció prueba y solicitó el archivo de la denuncia.
En razón de su propio reconocimiento y dichos probados, surgió que el abogado denunciado habría asumido y llevado a cabo un asesoramiento y/o gestión extrajudicial en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, careciendo de matrícula habilitante para ello. Por ende, ante la violación de lo normado por la ley 5177, este Colegio ordenó efectuar la correspondiente denuncia penal, destacándose especialmente lo prescripto por los arts. 1, 116, inc. a) y 120, ambos de la ley 5177 (t.o. ley 12277 y 12548).-"
Radicada la denuncia ante el Juzgado Correccional nro. 5, a cargo de la Sra. Juez Dra. Andrea Paglani, la Magistrada condenó el 5 de diciembre de 2012 al letrado denunciado -por infracción a los artículos 1ro y 116 inc.a de la ley 5177, a la sanción de una multa de veinte jus.
11
Jun
2013
Un abogado ha sido multado en sede judicial, por ejercer sin estar matriculado en un Colegio de Abogados departamental
El Juzgado en lo Correccional nro. 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Dra. Andrea C. Pagliani, multó a un abogado matriculado en Capital Federal por ejercer la profesión en San Isidro careciendo de la correspondiente matrícula provincial.
Noticias
Fueron renovadas las autoridades que conforman el estamento de los Abogados/das en el Consejo de la Magistratura. La presidenta del CASI, Dra. Guillermina Soria es integrante titular en representación del conurbano bonaerense.
Invitamos a participar on line, el 11/6/24 a las 18:00, de la exposición de la Dra. Gisela Horisch Palacio sobre “Aspectos prácticos impositivos para jóvenes profesionales”.
Agendá este Código 813 1426 8177 acceso 478736.
Organiza la Comisión Nacional de la Abogacía Joven de la FACA .
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Desde Área Académica te invitamos a compartir la Revista Jurídica de San Isidro, Serie Contemporánea Nro.III, disponible en versión digital. Centrada en el tema el "Derecho en números" inauguramos además más secciones para abarcar temas de gran actualidad,
Hacemos saber que debido a una caída del servidor local se configuró un fallo en el sistema Augusta.
La SCBA se encuentra trabajando en la solución. Estos inconvenientes no afectan las presentaciones electrónicas realizadas por los matriculados.
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Crónica de la Asamblea General Ordinaria, llevada a cabo en el Salón de Actos del Colegio, sede calle Martín y Omar 339.
Fue el 3 de mayo del corriente y su celebración estuvo acompañada por la presencia de numerosos colegas.
Secuencia de actos realizados.
Proclamación de autoridades electas.
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Secuencia de actos realizados.
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