Un particular denunció, ante este Colegio de Abogados, al letrado que contrató para tramitar sendos juicios en San Isidro porque no podía comunicarse con él, ni le devolvía sus llamados telefónicos. Razón por la cual el interesado concurrió al Juzgado para extraer fotocopias y consultar con otro profesional.
Contactado por el nuevo profesional, el letrado denunciado sostuvo que en el juicio de desalojo nunca se le había corrido traslado de la demanda, ni en el ejecutivo se había trabado embargo y tanto en esos expedientes como en el beneficio de litigar sin gastos, obraban firmas suyas adulteradas, manifestando además que tenía intenciones de renunciar.
Como algunas de las certificaciones pertinentes permitieron corroborar que el profesional cuestionado tiene matrícula en Capital Federal y no así en la provincia de Buenos Aires se le corrió traslado cfr. el art. 31-ley 5177-.
En el descargo el letrado denunciado reconoció haber cumplimentado personalmente algunos recaudos procesales, adjudicándose la firma de varios escritos judiciales, asegurando haber informado que al no estar colegiado en la provincia de Buenos Aires sería patrocinado por un colega de su estudio. Oportunamente ofreció prueba y solicitó el archivo de la denuncia.
En razón de su propio reconocimiento y dichos probados, surgió que el abogado denunciado habría asumido y llevado a cabo un asesoramiento y/o gestión extrajudicial en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, careciendo de matrícula habilitante para ello. Por ende, ante la violación de lo normado por la ley 5177, este Colegio ordenó efectuar la correspondiente denuncia penal, destacándose especialmente lo prescripto por los arts. 1, 116, inc. a) y 120, ambos de la ley 5177 (t.o. ley 12277 y 12548).-"
Radicada la denuncia ante el Juzgado Correccional nro. 5, a cargo de la Sra. Juez Dra. Andrea Paglani, la Magistrada condenó el 5 de diciembre de 2012 al letrado denunciado -por infracción a los artículos 1ro y 116 inc.a de la ley 5177, a la sanción de una multa de veinte jus.
11
Jun
2013
Un abogado ha sido multado en sede judicial, por ejercer sin estar matriculado en un Colegio de Abogados departamental
El Juzgado en lo Correccional nro. 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Dra. Andrea C. Pagliani, multó a un abogado matriculado en Capital Federal por ejercer la profesión en San Isidro careciendo de la correspondiente matrícula provincial.
Noticias
Comentarios del Dr. Hernán Diego A. Asensio Fernández, Director del Instituto de Derecho Ambiental y Sustentabilidad del Colegio de Abogados de San Isidro, acerca del reciente decreto del Poder Ejecutivo 591/1 -Residuos Peligrosos-, publicado en el Boletín Oficial el 27 de agosto del corriente, por el que se modifica el Decreto N° 181/92.
"Hagamos saber lo que hacemos, lo que buscamos, los ideales que nunca abandonaremos, extendamos el ejemplo hoy más que nunca, y festejemos en nuestro día, en nuestra casa, como lo hacemos todos los años, pero con el compromiso ineludible que tenemos con la historia y con las generaciones que vienen." Juramentos, reconocimientos. Discursos.
Hoy, 29 de agosto, el Presidente del Colegio, acompañado por autoridades directivas firmó un contrato de locación de un inmueble sito en la calle Independencia 707 de la localidad de Pilar, con el objeto de fijar nueva sede y mejorar los servicios para los abogados pilarenses.
Invitamos a los Colegas a sumarse a la celebración del día del Abogado. Será el viernes 30/8 (estacionamiento gratuito). Comienzo 10:00, Misa en la Catedral. Luego: juramentos, reconocimientos a los Colegas con 50 años de ejercicio. (Reconocimiento a los Colegas que cumplieron 40 años de profesión será el jueves 29/8). Ambos festejos en Martín y Omar 339.
Una nutrida delegación del Colegio de Abogados de San Isidro -encabezada por su Presidente Dr. Santiago Quarneti- , acudió a la Convocatoria de la celebración del Día de los Órganos de la Colegiación, hoy 23 de agosto de 2019. Fue llevada a cabo en el Colegio de Abogados de Mercedes.