18
Ago
2016

Un avance en la reforma política

El Senado provincial aprobó ayer la media sanción de un proyecto de ley, que limita a solo dos mandatos consecutivos los cargos electivos en la provincia. A los jefes comunales en ejercicio y a quienes ocupen hoy una banca en la Legislatura, los concejos deliberantes y consejos escolares se les computará sus actuales mandatos como el primero.
Un avance en la reforma política
Limitan reelecciones de intendentes y otros cargos
 
El Senado bonaerense aprobó  el 17 de agosto la media sanción de un proyecto de ley, que limita a solo dos mandatos consecutivos los cargos electivos en la provincia. 
A los jefes comunales en ejercicio y a quienes ocupen hoy una banca en la Legislatura, los concejos deliberantes y consejos escolares se les computará sus actuales mandatos como el primero, por lo que tendrán opción a una sola reelección cuando terminen el actual periodo.
La iniciativa había sido aprobada por la Cámara de Diputados meses atrás. La última semana, la comisión de Reforma Política del Senado, emitió el despacho necesario para ingresar el proyecto sobre tablas de la sesión de este miércoles 17 de agosto.
Por otra parte, la ley determina la incompatibilidad de cargos, al prohibir a intendentes y concejales ocupar cargos “de funcionario o empleado a sueldo del Poder Ejecutivo nacional o provincial, sea en la Administración central, organismos descentralizados o entes autárquicos, a excepción del ejercicio de la docencia”
Se espera la promulgación del Poder Ejecutivo provincial en los próximos días. 
 
 
 
Fuentes
Diario El Día-La Plata, La Nación

Noticias

Invitamos a los colegas a festejar en la sede colonial del Colegio, Martín y Omar 339, el día del Abogado el viernes 30 de agosto de 2013. El programa previsto comienza con una celebración a las diez de la mañana en la Catedral de San Isidro. Tarjetas en venta desde el 8 de agosto. Los esperamos.
El jueves 7 de junio del corriente, el Sr. Juez Federal a cargo del Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo nro.1 de San Martín, Dr. Carlos Alberto Papavero quien conoce en la demanda promovida por el Colegio (y por derecho propio, su Presidente) contra la aplicación de la ley 26855, dio a conocer su fallo.
El Colegio de Abogados San Isidro, promovió hoy 30 de mayo de 2013 a las 12:20, una acción declarativa de inconstitucionalidad en los términos del artículo 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 2, 4, 18 y 30 de la Ley 26.855.
El Juzgado en lo Correccional nro. 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Dra. Andrea C. Pagliani, multó a un abogado matriculado en Capital Federal por ejercer la profesión en San Isidro careciendo de la correspondiente matrícula provincial.
De acuerdo con lo establecido en el Art. 38 de la ley 5177 (ref. ley 12277), deberá someterse a consideración la Memoria y el Balance y el Cuadro de Resultados del ejercicio comprendido entre el 1º de febrero de 2012 al 31 de enero de 2013 de nuestro Colegio.