- Feria Judicial. Enero 2017. Poder Judicial. Otros organismos. Ver
Resolución 2915/16. Limitación del régimen de presentaciones electrónicas durante el mes de enero de 2017 para actuaciones en asuntos de urgente despacho (que deberán presentarse en papel). Se recuerda a los matriculados que el Sistema de Notificaciones y Presentaciones electrónicas seguirá vigente para el resto de las actuaciones durante la feria de enero 2017.
La Plata , 14 de diciembre de 2016.
VISTO: las inquietudes puestas de manifiesto por diversos sectores con relación al funcionamiento del sistema de presentaciones electrónicas durante la próxima feria estival (art. 1 del Decreto Ley 7951/72 y Acuerdo N° 3820), y
CONSIDERANDO:…
RESUELVE:
ARTÍCULO 1": Disponer que el régimen de presentaciones electrónicas establecido por la Resolución N° 3415/12 y modificatorias no podrá utilizarse durante el mes de enero de 2017 para las actuaciones que se lleven a cabo en asuntos de urgente despacho (art. 153 del C.P.C.C., 2 del Decreto Ley 7951172, 139 del C.P.P. y normativa concordante), las cuales tendrán que instrumentarse exclusivamente en soporte papel.
ARTÍCULO 2°: Hacer saber que para las presentaciones que en la feria estival de 2017 se interpongan electrónicamente rige lo dispuesto en el segundo párrafo del art. 6 de la Resolución N° 1827/12.
ARTÍCULO 3°: Especificar que en el período antes mencionado subsistirán los regímenes de comunicaciones y notificaciones electrónicas con relación a las partes, auxiliares de justicia y demás organismos actualmente en uso (v.g. Acuerdos N° 3540 -y modificatorios-; Resolución N° 3393/10 y Resolución de Presidente N° 196/13 -Registro de la Secretaría de Servicios Jurisdiccionales-; Resolución N° 3864/11; Resolución N° 872/16; Resolución N° 2678/14; Resolución N° 2757/12; Resolución N° 1799/16; Acuerdo N° 3733; y normativa complementaria) y recordar que los órganos judiciales poseen la facultad de ordenar, por resolución fundada, que las notificaciones se cursen en formato papel.
ARTÍCULO 4°: Instruir a los órganos judiciales para que arbitren los medios necesarios a fin de garantizar durante la feria de verano de 2017 la pronta entrega de los expedientes -así como sus constancias informáticas- a los funcionarios y magistrados especialmente habilitados para el estudio de dichas peticiones.
ARTÍCULO 5°: Encomendar a la Subsecretaría de Tecnología Informática que presente por ante la Presidencia de este Tribunal el informe individualizado en el considerando VI de la presente.
ARTÍCULO 6°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y en el sitio web de este Tribunal y comuníquese a la totalidad de los órganos de este Poder Judicial -así como a los usuarios del Portal de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas- vía correo