02
Jun
2017

V Encuentro de Dirigentes. Dolores, 23 de junio de 2017

Se llevará a cabo en el Colegio de Abogados de Dolores, el día viernes 23 de junio de 2017, a partir de las 10:00.-Luego de las acreditaciones y el acto de apertura (11:30) se escuchará la charla del Dr. Fabio Quetglas, quien disertará sobre las “Profesiones tradicionales en la sociedad de la innovación”.

V ENCUENTRO PROVINCIAL DE DIRIGENTES

Se llevará a cabo en el Colegio de Abogados de Dolores, el día viernes 23 de junio de 2017, a partir de las 10:00.-

Luego de las acreditaciones y el acto de apertura (11:30) se escuchará la charla del Dr. Fabio Quetglas, quien disertará sobre las “Profesiones tradicionales en la sociedad de la innovación”.

Posteriormente en horas de la tarde se trabajará en tres módulos:

- Módulo 1º Gestión Estratégica y Liderazgo.

- Modulo 2º La Imagen. Comunicación interna y externa.

- Módulo 3º Nuevo Sistema de Aportes (Caja de Abogados)

Más información:
 
[email protected]
(+5411) 4899-1656/1856/1857
Actividad no aranceleda.

Noticias

La grave situación por la que atraviesan los abogados previsionalistas de la provincia de Buenos Aires respecto a la atención que reciben en ANSES y en las distintas UDAI empieza a visibilizar cierto avance hacia alguna solución, aunque, por el momento, es insuficiente. Entrevista televisiva al Dr. Jorge Frega.
Declaración. El Colegio de Abogados de San Isidro expresa su enérgico rechazo al modo inadmisible con que algunos integrantes de la Policía de la Provincia de Buenos Aires efectuaron sus protestas, exhibiendo armas y móviles.
Invitamos a los Colegas a sumarse a la celebración virtual del día del Abogado. Será el sábado 29 de agosto de 2020. Acompáñenos en la transmisión en vivo en nuestras redes a partir de las 11:00.
Así se expresó el Presidente del Colegio, Dr. Santiago Quarneti, refiriéndose al proyecto de reforma judicial, en un reportaje concedido a Radio San Isidro el 14 de agosto próximo pasado.
Dictamen del Instituto de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social del Colegio de Abogados de San Isidro. Com. Médicas. La acción judicial ordinaria se encuentra directamente habilitada para el procesamiento de los siniestros laborales de toda naturaleza, desactivándose el requisito del tránsito administrativo previo pues su cumplimiento es imposible aparejando la violación de los derechos y garantías constitucionales (Const. Nac. art. 18 y Const. Prov. arts. 15 y 39).