02
Ago
2013

Viernes 30 de agosto. Celebración del día del Abogado

Invitamos a los colegas a festejar en la sede colonial del Colegio, Martín y Omar 339, el día del Abogado el viernes 30 de agosto de 2013. El programa previsto comienza con una celebración a las diez de la mañana en la Catedral de San Isidro. Tarjetas en venta desde el 8 de agosto. Los esperamos.

Celebración del día del Abogado, viernes 30 de agosto

Programa

10:00   Santa Misa de Acción de gracias y en memoria de los colegas fallecidos, en la Catedral de San Isidro
12:00   Juramento
12:15   Entrega de medallas a los Abogados que han cumplido 40 y 50 años de ejercicio profesional
14:00   Vino de honor
19:00   Finalización del encuentro

Valor de la entrada

En venta a partir del 8 de agosto en la Tesorería -Acassuso 424- y en la  Sala de Profesionales de Tribunales,2° e/p

  • Jóvenes abogados con menos de tres años de inscripción: $50
  • Matriculados activos con matrícula al día: $100
  • Matriculados jubilados: Ingreso mediante indicación de datos personales
  • Matriculados con cargos incompatibles y suspendidos voluntariamente: $150

Noticias

El viernes 18 de diciembre a las 18:00 compartimos un encuentro virtual con motivo de la finalización del año 2020. Saludos a cargo del Dr. Santiago Quarneti. Músicos del Teatro Colón dieron un concierto en el parque del Colegio. ¡Acompáñenos en las redes!
Las autoridades del Consejo Directivo del Colegio de Abogados de San Isidro presidido por el Dr. Santiago Quarneti, felicitan al Sr. Vice Presidente Segundo del Colegio, Dr. Fulvio Santarelli, quien ha sido ganador del Premio Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires -2020-.
El Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires -del cual el Colegio de Abogados de San Isidro forma parte activa y permanente- se manifiesta en la siguiente declaración.
La ley 5177 del 6 de noviembre de 1947 reglamenta el ejercicio de la abogacía y la procuración, y da origen a los Colegios de Abogados con su actual caracterización de entes públicos no estatales, explicitando su razón de ser, sus alcances y funciones.
El Senado de la Provincia de Bs. As., aprobó por unanimidad y sobre tablas, el proyecto de reforma al artículo 5 del Código Contencioso Administrativo (E-82-2020-2021), que permitirá, de convertirse en ley, que los justiciables puedan concurrir a demandar a la provincia y sus entes, a los juzgados descentralizados de toda la Provincia, en lugar de hacerlo, como en la actualidad, solo en ciudad de La Plata.