10
Ago
2017

¿Vigilar y castigar? Sistema integral de registro para el estudio de la litigiosidad

El Colegio de Abogados de San Isidro hace saber que la creación del “Sistema Integral de Registro Para el Estudio de la Litigiosidad”, por la SRT mediante resolución N° 760/2017, publicada por el Boletín Oficial el 28/07/2017, resulta la inauguración de un nuevo sistema de vigilancia con el pretendido efecto de limitar el libre ejercicio de nuestra profesión.

¿VIGILAR Y CASTIGAR ?

El Colegio de Abogados de San Isidro hace saber que la creación del “Sistema Integral de Registro Para el Estudio de la Litigiosidad”, por la SRT mediante resolución N° 760/2017, publicada por el Boletín Oficial el 28/07/2017, resulta la inauguración de un nuevo  sistema de vigilancia con el pretendido efecto de limitar el libre ejercicio de nuestra profesión.

El Colegio  rechaza un nuevo acecho contra la abogacía, concretada en los considerandos de la resolución que advierte que con el objeto de “…evadir…” (sic) la aplicación de la ley de Riesgos del Trabajo, se han interpuesto planteos de inconstitucionalidad ante los distintos fueros que conforma la Justicia Nacional.

Qué sentido tendría que las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo y/o Empleadores Autoasegurados y/o Aseguradoras de Riesgos del Trabajo Mutual estén obligadas a remitir los nombres de los trabajadores y de los profesionales que planteen la inconstitucionalidad de la Ley N° 27.348 o en su defecto contra lo dispuesto en el Decreto N° 54 de fecha 20 de enero de 2017, que no sea el de implementar un sistema de vigilancia a los abogados (y a los trabajadores) en los procesos judiciales?

Nada se ha dicho sobre la finalidad y utilización de los datos que se enviarán a la SRT, ni se advierte que la SRT quiera conocer las verdaderas causas por las que se inician los reclamos.

El pretendido registro de datos, es impropio de un Estado de Derecho, atenta contra la Ley de Protección de Datos Personales (Ley 25.326), de Defensa en Juicio y altera  el libre ejercicio de la profesión de abogado vulnerando la Constitución Nacional.

El Colegio de Abogados de San Isidro requiere públicamente  a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo la inmediata derogación de la Resolución 760/2017 y del Sistema Integral Para el Estudio de la Litigiosidad del Sistema de Riesgos del Trabajo (S.I.R.E.L.).

Consejo Directivo, 8 de agosto de 2017.

Fuentes
Consejo Directivo del Colegio de Abogados de San Isidro

Noticias

Con la presencia de 42 colegas de todo el país, los Dres. Mateo Laborde (Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires) y Ramón Pérez (Federación Argentina de Colegios de Abogados) expusieron hoy sobre distintos aspectos prácticos del convenio que se ha suscripto entre FACA – COLPROBA – SRT.
El COLPROBA firmó convenio específico con la SRT que habilita a los/las abogados/das que se hayan inscripto previamente en  los registros que llevarán los Colegios de  Abogados Departamentales, a ser sorteados para patrocinar a los trabajadores y trabajadoras que carezcan  de letrado de su confianza en el ámbito de las Comisiones Médicas.
Ante la reacción inmediata del CASI que declaró públicamente innecesario el proyecto de DNU -presentado por la  Dra. Cristina Armella- de determinación de herederos por escritura pública para los casos de fallecidos por COVID-19, el Consejo Federal del Notariado Argentino manifestó que no ha tenido ningún tipo de intervención en la redacción ni elaboración de ese proyecto  y que no comparte el momento ni la forma en que fue propuesto. Aclaraciones del Colegio.
Declaración del Colegio ante la elevación al Presidente de la República de una nota y un “proyecto de decreto de necesidad y urgencia” de determinación de herederos por escritura pública para los casos de fallecidos por COVID-19, fijando los honorarios del escribano interviniente en $ 5.000.
Hoy martes 23 de junio a las 11:00, el presidente del Colegio de Abogados de San Isidro, Dr. Santiago Quarneti, prestó juramento ante el Consejo  de la Magistratura de la Provincia de Buenos Aires, en calidad de Consejero Suplente.