13
Mar
2015

Asociación de Abogados Jubilados del Colegio de Abogados de San Isidro

A.A.J.U.C.A.S.I. significa Asociación de Abogados Jubilados del Colegio de Abogados de San Isidro, que se ha constituido recientemente como Asociación civil sin fines de lucro, con el propósito de fomentar el vínculo entre pares retirados y mejorar las condiciones de las prestaciones.

A.A.J.U.C.A.S.I.

Asociación de Abogados Jubilados del Colegio de Abogados de San Isidro

En el Departamento Judicial de San Isidro, se ha constituido  la “ASOCIACION DE ABOGADOS JUBILADOS DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE SAN ISIDRO” cuya personería  como Asociación civil sin fines de lucro fue reconocida en  fecha 15 de diciembre de 2014, por la Dirección Provincial de Personas Jurídicas.- (Resolución  DPPJ:009839).-

Conforme su estatuto el objeto fundamental de la entidad es fomentar el vínculo entre los pares retirados que tengan interés en mejorar las condiciones de todas las prestaciones que se deriven de su calidad de profesionales en situación de pasividad laboral, manteniendo contacto habitual con los directores representantes de los Jubilados del Departamento judicial de San Isidro e integrantes de la Comisión Directiva de la Caja de Previsión para Abogados de la Provincia de Buenos Aires.-

Las autoridades son los Dres. y las  Dras.:
Presidente: Luana Luccioni
Vicepresidente: Jorge G. Sumay
Secretaria: Nélida  L. Domenech
Prosecretaria: Elayne M. Martínez Errecalde
Tesorero: Jorge A. Sabbatini
Protesorero: Rubén D. Re
Vocales: Arturo H. Martínez, Alberto E. González Font, Alberto Noguero y Susana Spada.
Comisión Revisora de Cuentas: Roberto Muguillo y Norberto A. Simonetti.

El domicilio social se encuentra en la calle Martín y Omar Nro.339,  del Partido de San Isidro, celebrando sus reuniones los jueves, primeros, terceros, y quintos de cada mes, a partir de las 17:00.
Quedan invitados todos los colegas que deseen acompañarlos (mail: [email protected] ).-
 

Noticias

Invitamos a los Colegas a sumarse a la celebración virtual del día del Abogado. Será el sábado 29 de agosto de 2020. Acompáñenos en la transmisión en vivo en nuestras redes a partir de las 11:00.
Así se expresó el Presidente del Colegio, Dr. Santiago Quarneti, refiriéndose al proyecto de reforma judicial, en un reportaje concedido a Radio San Isidro el 14 de agosto próximo pasado.
Dictamen del Instituto de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social del Colegio de Abogados de San Isidro. Com. Médicas. La acción judicial ordinaria se encuentra directamente habilitada para el procesamiento de los siniestros laborales de toda naturaleza, desactivándose el requisito del tránsito administrativo previo pues su cumplimiento es imposible aparejando la violación de los derechos y garantías constitucionales (Const. Nac. art. 18 y Const. Prov. arts. 15 y 39).
Frente a los acontecimientos que han tomado estado público respecto a la investigación de hechos delictivos atribuidos a funcionarios y abogados del Departamento Judicial de San Isidro, el Consejo Directivo del Colegio comunica que acusará a los funcionarios y magistrados de la Administración de Justicia involucrados para el caso que así corresponda e incoará las acciones disciplinarias pertinentes.
Nota al fallo. Destitución de magistrados. Derecho al recurso. Ausencia de responsabilidad del Estado por violación de los derechos humanos del juez. El enjuiciamiento de los magistrados judiciales y el rol de los colegios de abogados. A propósito de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la causa “Rico, Eduardo vs. Argentina” por el Dr. Guillermo E. Sagués.