23
Ago
2016

Aumento de la CAO. Preocupación y propuesta

El Consejo Superior del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires declara su preocupación por la situación planteada en la Colegiación de Abogados frente al aumento de la Cuota Anual Obligatoria (CAO) dispuesto por la Caja de Previsión Social Para Abogados de la Provincia de Buenos Aires.

El Consejo Superior del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires declara su preocupación por la situación planteada en la Colegiación de Abogados frente al aumento de la Cuota Anual Obligatoria (CAO) dispuesto por la Caja de Previsión Social Para Abogados de  la Provincia de Buenos Aires.

Ante ello, proponemos trabajar ambas instituciones en forma coordinada en esta coyuntura  con una mirada integral sobre el futuro de la colegiación en general y del sistema previsional en particular.

Convocamos a la Mesa Ejecutiva de la Caja de Previsión a reunirse en forma urgente con la Mesa Directiva de este Consejo Superior, a fin de abordar la cuestión planteada y avanzar definitivamente en la reforma del sistema previsional de la abogacía de la provincia de Buenos Aires, adecuándola a las nuevas realidades que atraviesa el ejercicio de la profesión.

Mercedes, 19 de Agosto de 2016

Noticias

Invitamos a los Colegas a sumarse a la celebración virtual del día del Abogado. Será el sábado 29 de agosto de 2020. Acompáñenos en la transmisión en vivo en nuestras redes a partir de las 11:00.
Así se expresó el Presidente del Colegio, Dr. Santiago Quarneti, refiriéndose al proyecto de reforma judicial, en un reportaje concedido a Radio San Isidro el 14 de agosto próximo pasado.
Dictamen del Instituto de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social del Colegio de Abogados de San Isidro. Com. Médicas. La acción judicial ordinaria se encuentra directamente habilitada para el procesamiento de los siniestros laborales de toda naturaleza, desactivándose el requisito del tránsito administrativo previo pues su cumplimiento es imposible aparejando la violación de los derechos y garantías constitucionales (Const. Nac. art. 18 y Const. Prov. arts. 15 y 39).
Frente a los acontecimientos que han tomado estado público respecto a la investigación de hechos delictivos atribuidos a funcionarios y abogados del Departamento Judicial de San Isidro, el Consejo Directivo del Colegio comunica que acusará a los funcionarios y magistrados de la Administración de Justicia involucrados para el caso que así corresponda e incoará las acciones disciplinarias pertinentes.
Nota al fallo. Destitución de magistrados. Derecho al recurso. Ausencia de responsabilidad del Estado por violación de los derechos humanos del juez. El enjuiciamiento de los magistrados judiciales y el rol de los colegios de abogados. A propósito de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la causa “Rico, Eduardo vs. Argentina” por el Dr. Guillermo E. Sagués.