04
Abr
2017

Boletín de Novedades Jurídicas Nº 179 - Abril 2017

Resumen de noticias jurídicas en el ámbito nacional y en la provincia de Buenos Aires con referencia al acceso a la información pública, temas Impositivos; prórroga para ingreso, sorteo y asignación de causas por medios electrónicos,- Además: selección de acordadas, resoluciones y jurisprudencia de ambas Cortes

Boletín de Novedades Jurídicas Nº 179

Entrega abril 2017

 
SECCIÓN LEGISLACIÓN
Legislación Nacional
 
Ley 27348.- Ley sobre riesgos del trabajo, riesgos del trabajo, ley complementaria, asistencia médica, incapacidad temporaria, incapacidad permanente, asegurador por riesgos del trabajo, derecho laboral, derecho constitucional, salud pública.-BO 24/02/2017
 
Decreto 206/17.- Derecho de acceso a la información pública. Aprobación de la Ley 27275. Normas aclaratorias. Jefatura de gabinete de Ministros. Vigencia. BO 28/03/2017
 
Disposición 11/17.- Prórroga hasta el día 31 de diciembre de la vigencia del Programa de Fomento al Consumo y a la Producción de Bienes y Servicios, denominado “AHORA 12”, pudiendo ofrecer bienes y/o servicios bajo la modalidad de 3, 6, 12 y 18 cuotas según las categorías. BO 31/03/2017
 
Resolución 4356/17.- Cuadro tarifario de Metrogas a partir del 1 de abril.-Aprobación de los estudios técnico económicos sobre la revisión tarifaria integral de Metrogas S.A., del cuadro tarifario de transición aplicable a partir del 1 de abril y del Plan de Inversiones. BO 31/03/2017
 
Novedades de la Corte

Corte Suprema de Justicia Nacional
Acordada 5/17.- La Corte posterga hasta septiembre el ingreso, sorteo y asignación de causas por medios electrónicos.- Decide postergar, hasta el primer día hábil de septiembre de 2017, la implementación de las cláusulas previstas por la acordada 16/2016 en toda la Justicia Nacional y Federal, cuya vigencia comenzaba a regir el primer día hábil del mes de marzo de 2017. En dicha acordada, la Corte había dispuesto que a partir del primer día hábil de marzo de 2017 el ingreso, sorteo y asignación de causas, en todos los tribunales nacionales y federales del Poder Judicial de la Nación, se realizaría por medios electrónicos. Emitida el 28/03/2017

Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires
Acuerdo 3845/17. Nuevo Reglamento para la notificación por medios electrónicos.
Acuerdo 3842/17. Determinación de los actos procesales de "mero trámite", a los fines previstos en el art. 56 inc. "c" de la ley 5177 (texto según ley 13.419).
Acuerdo 3840/17. Nuevo valor del Jus.
Acuerdo 3839/17. Actualización de la remuneración a la que aluden los arts. 266 y 267 de la Ley 24522 de Concursos y Quiebras.
 
SECCIÓN JURISPRUDENCIA
 
CSJ 159/2012 (48-S/CS1).- Schiffrin, Leopoldo H. c/ Poder Ejecutivo nacional s/acción meramente declarativa.- La Sentencia de la Corte restablece el límite constitucional de 75 años de edad para la función judicial.- En el marco de una causa por la cual se discutió la validez de la cláusula introducida por la Convención Constituyente de 1994 en el art. 99, inciso 4, tercer párrafo, de la Constitución Nacional, restablece el límite de setenta y cinco años de edad para el ejercicio de la función judicial, abandonando de esa forma la doctrina sentada en el caso “Fayt”, en el cual se había declarado la nulidad de la referida cláusula constitucional. Entiende que debe interpretarse que la Ley 24.309 (art. 3, punto e), al habilitar a la Asamblea Reformadora de 1994 a actualizar las atribuciones del Congreso y del Poder Ejecutivo contenidas en la Constitución Nacional, incluyó los diversos componentes del proceso de designación de los jueces federales que impera en nuestro país. Asimismo considera que la Convención Constituyente no ha excedido los límites de la norma habilitante al incorporar dicha cláusula ni tampoco ha vulnerado el principio de independencia judicial, que hace a la esencia de la forma republicana de gobierno. Ello así, en tanto el límite de edad modifica únicamente el carácter vitalicio del cargo, pero no la garantía de inamovilidad. 28/03/2017
 
Causa C 119658 "De Falco Impresores SAICS concurso s/ incidente de revisión".- Aplicación, regulación y distribución de las costas. Remedio extraordinario. Distribución en el orden causado, en todas las instancias.
 
Causa C 120109, "M. , L. V. contra C., F. O. / Divorcio contradictorio".- Carácter abstracto de la cuestión relativa a la culpabilidad e inocencia en el divorcio. Adecuación de las pretensiones de las partes a la nueva normativa vigente.
 
Causa SI 30437/2016.- N., A. s/ Apelación.- Cámara Apelación y Garantías en lo Penal (Sala III) de San Isidro. Delitos contra la propiedad. Usurpación. Restitución del inmueble art. 231 bis del CPP. Gravamen irreparable. Fecha 16/03/2017
 
 
Fuentes
SCBA; CSJN; SAIJ; INFOLEG

Noticias

Destacamos a las/los colegas la importancia de la defensa permanente de nuestros honorarios, recurriendo por la vía correspondiente y recordando que la Comisión de Administración de Justicia del CASI escucha y acompaña esos reclamos. El Juzg. Civil y Comercial N° 8 departamental, reguló los honorarios de los letrados/as intervinientes en una sucesión haciendo caso omiso a lo establecido por el art. 35 de la ley 14967. Qué falló la Cámara (Sala I°).
Preocupante fallo de la Corte Suprema que amplía el margen de discrecionalidad de los municipios para establecer tasas de control y fijar su monto: “Esso Petrolera Argentina S.R.L. y otro c/ Municipalidad de Quilmes”. Este criterio obliga al contribuyente a enfrentarse a una administración tributaria en posición difícil de rebatir, quedando limitado su derecho de defensa en la práctica fiscal. Comentario: Dres. Gisela Hörisch y Harry Schurig.
La AFIP por Res. 5008/21 ha reglamentado los cambios y ha dispuesto cómo será la devolución de los importes retenidos en concepto del impuesto de ganancias. Te contamos cuáles son los puntos básicos para tener en cuenta. (Ver Resolución AFIP 5008/21 y Leyes 27617 y 27630)
Han sido publicadas hoy en el Boletín Oficial las leyes 27586 y 27587 que modifican algunos artículos del Código Civil y Comercial de la Nación, con relación a la prescripción de las acciones y también respecto de las donaciones inoficiosas. Textos completos.
Los proveedores que comercialicen bienes y servicios a través de páginas o apps web deberán tener publicado el link denominado “BOTÓN DE ARREPENTIMIENTO”, mediante el cual el consumidor podrá solicitar la revocación de la aceptación del producto comprado o del servicio contratado.