07
Abr
2020

Carta al Sr. Presidente de la Nación. Solicitud de medidas de emergencia

El COLPROBA solicitó al Sr. Presidente Dr. Alberto Fernández incluir a los abogados y abogadas dentro de las medidas que se adopten sobre ayuda o asistencia para las PyMES o pequeños comerciantes, equiparando así las dificultades que unos y otros tenemos para el desarrollo de la actividad.
  • carta  al presidente nación

Transcripción de la presentación

La Plata, 1 de abril de 2020

Señor Presidente de la República Argentina
Dr. Alberto Fernández
S/D.
De nuestra mayor consideración:

Tenemos el agrado de dirigirnos al Sr. Presidente, en nombre y representación del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires frente a la extraordinaria situación provocada por la pandemia del COVID-19 (Coronavirus), que entre sus consecuencias ha generado la paralización de las actividades jurídicas profesionales y del sistema judicial de nuestra provincia.

Conoce Ud. muy bien, en su condición de abogado, cómo se desarrolla el ejercicio profesional por las y los profesionales bonaerenses, quienes en su gran mayoría la ejercen en forma independiente (como monotributistas o autónomos).

Las actuales circunstancias implican una paralización en la diaria tarea, que conlleva irremediablemente a la imposibilidad de cobro de honorarios profesionales (de carácter alimentario), que en definitiva es la única fuente de ingresos.

A pesar de ello, hemos cumplido en todo momento con nuestro compromiso profesional  y se han atendido las cuestiones urgentes, garantizando el acceso a la justicia y la resolución de conflictos.

Sin perjuicio de lo expuesto anteriormente en cuanto a la imposibilidad de ingresos, las abogadas y abogados -al igual que una Pequeña y Mediana Empresa- deben seguir atendiendo sus obligaciones impositivas profesionales y personales, y adicionalmente los restantes erogaciones propias del ejercicio profesional, tales como pago de alquiler de su Estudio Jurídico, salarios de sus empleados colaboradores si lo tuviere, cargas previsionales, etc.

Frente a esta grave situación, y siempre priorizando la salud de nuestros matriculados y nuestras matriculadas, le solicitamos al Sr. Presidente la adopción de medidas concretas que alivien la crítica situación descripta, como ser concretamente la inclusión del ejercicio profesional de la abogacía en todas las resoluciones que se adopten a futuro sobre ayuda o asistencia para las PyMES o pequeños comerciantes, equiparando así las dificultades que unos y otros tenemos para el desarrollo de la actividad.

Sin perjuicio de lo expuesto, adherimos también a la nota de fecha 19-3-20 presentada por la Federación Argentina de Colegios de Abogados, y hacemos nuestras las medidas solicitadas en la misiva.

Esperando su invaluable apoyo, aprovechamos la oportunidad para saludar al Sr. Presidente con nuestra más distinguida consideración.
Dr. Mateo Laborde. Presidente.

Ver original

 

-

Fuentes
COLPROBA

Noticias

Por Res. SC Nº 1133/21/21 la SCBA a estableció, hasta el 1/10/21, el mantenimiento de las condiciones y alcances en la habilitación y funcionamiento del servicio de justicia en las cabeceras departamentales, sedes descentralizadas y la Justicia de Paz; incorpora la prestación de tareas presenciales del personal cfr. los arts.3 bis y ter del Decreto Nº 203/20.
El decreto 521/21 ha dispuesto que los trabajadores estatales que hayan recibido al menos una dosis de cualquier vacuna contra el coronavirus o no se hayan querido vacunar podrán ser convocados a prestar funciones de manera presencial. Incluye a la población en riesgo. Alcances de la medida.
Por Res. SC Nº 1035/21 la SCBA a estableció, hasta el 6/8/21, el mantenimiento de las condiciones y alcances en la habilitación y funcionamiento del servicio en las cabeceras departamentales, sedes descentralizadas y la Justicia de Paz. Aplicación conjunta medidas art. 3º Resolución SC Nº 761/21. Otras medidas
La SCBA por Res. SC Nº 979/21 estableció, hasta el 9/7 del corriente inclusive, el esquema del servicio de justicia y sus alcances de acuerdo al estado de situación existente a la fecha, que se aplicarán conjuntamente con las medidas complementarias dispuestas en el art. 3º de la Res. SC Nº 761/21. En el Colegio se intensifica la atención en línea. Todos los municipios que conforman el Dep. Judicial de San Isidro se encuentran en fase epidemiológica III.
Todos los órganos jurisdiccionales y dependencias de la propia Corte contemplan los requerimientos de los profesionales que planteen problemas relacionados con el coronavirus para el normal desarrollo de su actividad.
El trámite debe hacerse previamente en el Colegio por correo electrónico. Res. 123/20. Detalles.