28
Oct
2016

Carta intención elevada a la SCBA

Ha sido firmada por las autoridades del Colegio de Abogados de San Isidro y el Colegio de Magistrados y Funcionarios de San Isidro, una carta intención acerca del funcionamiento del Sistema de Presentaciones y Notificaciones Electrónicas, proponiendo mejoras y simplificación de trámites.

Ha sido firmada por las autoridades del Colegio de Abogados de San Isidro y el Colegio de Magistrados y Funcionarios de San Isidro, una carta intención  acerca del funcionamiento del Sistema de Presentaciones y Notificaciones Electrónicas. Dicho documento, que ya fue elevado para su consideración a la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, fue elaborado en conjunto por ambas instituciones y contiene propuestas de mejoras en el ejercicio profesional y simplificación de trámites en el ejercio de las funciones jurisdiccionales.

Carta intención
*Título I- ENUNCIADOS
Capítulo I - OBJETIVO
Capítulo II- COMISIÓN DE ENLACE
Capítulo III- FINALIDAD
*Título II- CUESTIONES PLANTEADAS. FORMULACIÓN DE PROPUESTAS
Capítulo I- CUESTIONES PROPIAS DEL SISTEMA INFORMÁTICO 
Sección I - Insumo excesivo de tiempo 
Capítulo II- PROPUESTAS 
Sección I - Mejora de la conexión
Sección II - Vinculación automática
Sección III - Filtros de firmas
Sección IV -Incorporación de criterios específicos
Sección V - Asignación de presentación directa al despachante
Sección VI- Habilitación para introducir modificaciones
Sección VII - Habilitación para firma conjunta
Sección VIII - Visualización de “a la firma”  y  “ya firmado”
Sección IX - Habilitación para foliar en S. Augusta
Sección X - Orden por ingreso y celeridad
Sección XI - Ingreso directo
Parágrafo I - Ejemplo. Planteos. Planteo 1- Planteo 2 -
Sección XII - Identificación diferenciada
Sección XIII - Opción para trámites más utilizados
Sección XIV - Aceptación e impresión simultanea de varios trámites
Sección XV - Modificación automática de privado a público
Parágrafo I - Lápiz óptico. Parágrafo II - Vinculación electrónica
Parágrafo III -Salvedad por reserva
Sección XVI - Comunicaciones entre dependencias
Sección XVII - Incorporación del saldo bancario
Sección XVIII - Días de notas
Sección XIX - Saldos en línea
Sección XX - Modelos  prefigurados
Sección XXI - Compatibilidad de buscadores
Sección XXII - Procesador de texto
*Título III - CUESTIONES PLANTEADAS. NECESIDADES QUE GENERA EL CAMBIO
Capítulo I - DEMANDA MÁS EXIGENTE
Sección I - Nuevo paradigma
Sección II - Beneficio
Sección III - Necesidad de capacitación
Capítulo II - PROPUESTAS DE MEJORA
Sección I - Capacitación intensiva
Sección II - Dotación de planteles funcionales
*Título IV - CUESTIONES PLANTEADAS PROPIAS
REGLAMENTACIÓN Y APLICACIÓN CASUÍSTICA
Capítulo I. Temas administrativos  y judiciales
Sección I - Carta Poder
Parágrafo I - Propuesta/ Parágrafo II - Ponderación
Sección II - Validez de los documentos  adjuntados en PDF
Sección III - Escritos presentados electrónicamente y también en soporte papel. Solución uniforme
Sección IV - Coexistencia de ambos sistemas
Parágrafo I - Interpretación de dos Acuerdos. Parágrafo II - Implementación de acuerdo a recomendaciones sugeridas
Sección V - Excepciones al Sistema de Notificaciones Electrónicas. Situaciones puntuales de mantenimiento del formato papel
Parágrafo I - Discapacidad visual. Parágrafo II - Abogados jubilados
 

Noticias

Con la participación de más de 1000 espectadores en simultáneo (Zoom + Facebook Live) y más de 7500 reproducciones, se desarrolló el 7/8/2020 la Jornada de Firma Digital y Ejercicio Profesional, organizada por Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires y el Colegio de Abogados de San Isidro, en la que estuvieron presentes los presidentes de los distintos Colegios Departamentales.
La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires resolvió licenciar por el término de noventa (90) días al Agente Fiscal del Departamento Judicial San Isidro, Claudio Scapolán.
Los Colegios de Abogados que conforman el COLPROBA hemos sido habilitados para ofrecer a nuestros matriculados la posibilidad de trabajar con firma digital.
En todo proceso lo que debe acreditarse, es la determinación de qué fue lo sucedido, es decir, el cuándo y cómo se concretó el delito, ya que sólo una vez comprobado, se podrá indagar acerca del quién y el porqué…Cada año que pasa sin tomar una decisión de esta naturaleza nos aleja cada vez más de poder darle a la memoria de los muertos, la verdad y justicia que merecen. Por el Dr. Juan Carlos García Dietze.
El Colegio de Abogados de San Isidro adhiere a la declaración de la FACA que expresa su repudio a los recientes hechos de vandalismo cometidos en la Plaza de Mayo que mancharon los dibujos de los pañuelos blancos símbolo de la lucha desplegada por las Madres de Plaza de Mayo. Ello merece el categórico rechazo de la abogacía organizada.