28
Nov
2014

Caso García Belsunce. Fallo de la Corte Nacional

La Corte de Justicia de la Nación solicitó a la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires que garantice la doble instancia penal, haciendo lugar a un planteo de Carlos Carrascosa, sin expedirse sobre el caso. El fallo fue emitido el 27 de noviembre del corriente.

 

En el acuerdo del 27 de noviembre de 2014, la Corte resolvió la causa C.382.XLlX. “Carrascosa, Carlos Alberto s/recurso de casación”. 
El Tribunal (firmas de los jueces Raúl Zaffaroni, Juan Carlos Maqueda y Carlos Fayt –según su voto-) declaró procedente el recurso extraordinario deducido por la defensa de Carlos Alberto Carrascosa y dejó sin efecto la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires que había rechazado los recursos extraordinarios de nulidad e inaplicabilidad de ley por defectos formales y mantenido el pronunciamiento de la Sala I del Tribunal de Casación bonaerense que condenó al nombrado a la pena de prisión perpetua como coautor del delito de homicidio (de su esposa María Marta García Belsunce) agravado por el vínculo; hecho por el que había sido absuelto por el Tribunal en lo Criminal n° 6 de San Isidro.
La Corte recordó lo dicho en los precedentes “Strada” (Fallos: 308:490) y “Di Mascio” (Fallos: 311:2478) en cuanto a que ante la constatación de una cuestión federal (en este caso la falta de revisión de la primera condenada de Carrascosa por el homicidio de su esposa), la máxima instancia de la jurisdicción provincial está obligada a pronunciarse sobre el punto.
En tal sentido, el Tribunal ponderó lo resuelto en el caso “Mohamed vs. Argentina” (sentencia del 23 de noviembre de 2012, cuyo informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos n° 173/10 fue oportunamente denunciado por la defensa de Carrascosa), donde la Corte Interamericana de Derechos Humanos se pronunció sobre el alcance del artículo 8.2 h de la CADH con respecto a sentencias penales de condena emitidas al resolver un recurso contra la absolución, señalando que el contenido de la garantía busca proteger el derecho de defensa y que no podría ser efectivo si no se garantiza respecto de todo aquel que es condenado mediante una sentencia que revoca una decisión absolutoria.

Fuente: CIJ


CSJN. Buenos Aires, 27 de noviembre de 2014.  * Fallo C.382.XLIX.
Autos: Carrascosa, Carlos Alberto s/ recurso de casación

(Procedente el recurso extraordinario - Deja sin efecto la sentencia - Recurso local -Desestimación del remedio procesal - Rigor formal - Derecho del condenado a una revisión amplia de la sentencia - Condena a prisión perpetua - Garantías procesales de jerarquía constitucional - Convención Americana sobre Derechos Humanos - Precedentes - Vicios de fundamentación - Descalificación - Voto Juez Fayt: Intervención del Superior Tribunal de Provincia - Aptitud jurisdiccional - Aplicación del orden jurídico - Control sobre la cuestión federal planteada)

 

Noticias

Salida de menores del país: habilitación a Secretarios de Juzgados de Paz y funcionarios responsables de Registros Públicos para otorgar autorizaciones. Intervención de los Juzgados de Familia. Convenio con la Dirección Nacional de Migraciones. Autorizaciones para el egreso de menores del país. Acciones conjuntas con especial interés en intercambio de información vinculada a hechos delictivos normados en la Ley 23737.
En virtud de la ley 27170, se modificaron los artículos 32, 200 y 288 de la ley 24522 de Concursos y quiebras - . La misma ha sido sancionada el 29 de julio del corriente año y promulgada el 31 de agosto. A disposición de los interesados el texto completo para su consulta.
Selección de novedades legislativas y jurídicas ámbitos: nacional y bonaerense. Entre los temas actualizados se encuentra la modificación a la ley de concursos y quiebras.-Otros temas: Contratación de trabajo registrado.- Servicios públicos de la provincia permiten gestión reclamos vía web.- Boleto gratuito destinado a alumnos de instituciones públicas y privadas. Jurisprudencia del nuevo Código Civil y Comercial.
Fallo a favor del cumplimiento de las obligaciones de dar sumas de dinero, en moneda extranjera pactada (dólares). Referencias a restricciones cambiarias. Consignación. Rechazo. Artículo 962 del Código civil y comercial de la Nación. La ejecución prospera en moneda extranjera. Intereses. Modificación. Cláusulas exorbitantes. Nulidad.

La Biblioteca tiene el agrado de anunciar que se encuentra a disposición de los matriculados, a través de publicaciones periódicas, los fallos y plenarios remitidos por gentileza de la Secretaría de Jurisprudencia de la Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de San Isidro