21
Abr
2017

Convenio Marco de colaboración con la Dir. Provincial de las Personas

El 20 de abril del corriente el Sr. Presidente del Colegio, Dr. Guillermo E. Sagués, suscribió con el Registro Provincial de las Personas un convenio Marco de Colaboración y un acta complementaria que posibilitará al Colegio emitir copias certificadas de partidas y certificados de esa dirección provincial.

Convenio marco de colaboración

El 20 de abril del corriente el Sr. Presidente del Colegio -Dr. Guillermo E. Sagués- suscribió con el registro Provincial de las Personas un convenio Marco de Colaboración y un acta complementaria que posibilitará que desde el Colegio se puedan emitir copias certificadas de partidas y certificados de dicha dirección de toda la provincia.
El sistema, que se pondrá en marcha en los próximos 90 días, posibilitará que trámites que antes debían realizarse en cada Registro Civil, se hagan directamente en nuestra sede.

Importante aceleración de los tiempos y ahorro de gastos
Esto optimizará la labor de los profesionales que, en representación de los ciudadanos, podrán realizar las consultas que involucren actas de hechos vitales de toda la provincia de forma ágil y expeditiva, lo que reducirá considerablemente los tiempos de espera de las partidas y los costos de gestoría. 

Noticias

El viernes 18 de diciembre a las 18:00 compartimos un encuentro virtual con motivo de la finalización del año 2020. Saludos a cargo del Dr. Santiago Quarneti. Músicos del Teatro Colón dieron un concierto en el parque del Colegio. ¡Acompáñenos en las redes!
Las autoridades del Consejo Directivo del Colegio de Abogados de San Isidro presidido por el Dr. Santiago Quarneti, felicitan al Sr. Vice Presidente Segundo del Colegio, Dr. Fulvio Santarelli, quien ha sido ganador del Premio Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires -2020-.
El Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires -del cual el Colegio de Abogados de San Isidro forma parte activa y permanente- se manifiesta en la siguiente declaración.
La ley 5177 del 6 de noviembre de 1947 reglamenta el ejercicio de la abogacía y la procuración, y da origen a los Colegios de Abogados con su actual caracterización de entes públicos no estatales, explicitando su razón de ser, sus alcances y funciones.
El Senado de la Provincia de Bs. As., aprobó por unanimidad y sobre tablas, el proyecto de reforma al artículo 5 del Código Contencioso Administrativo (E-82-2020-2021), que permitirá, de convertirse en ley, que los justiciables puedan concurrir a demandar a la provincia y sus entes, a los juzgados descentralizados de toda la Provincia, en lugar de hacerlo, como en la actualidad, solo en ciudad de La Plata.