04
Mayo
2015

Convocatoria a Asamblea General ordinaria: 29 de mayo a las 8:00. Segunda convocatoria a las 9:00

De acuerdo con lo establecido en el Art. 38 de la ley 5177 (ref. ley 12277), deberá someterse a consideración la Memoria y el Balance y el Cuadro de Resultados del ejercicio comprendido entre el 1º de febrero de 2014 al 31 de enero de 2015 de nuestro Colegio.

San Isidro, 10 de Marzo de 2015.- 
CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA: La Secretaría informa que en el mes de mayo del corriente año se debe proceder a realizar la Asamblea General Ordinaria de acuerdo con lo establecido en el Art. 38 de la ley 5177 (ref. ley 12277), deberá someterse a consideración la Memoria y el Balance y el Cuadro de Resultados del ejercicio comprendido entre el 1º de febrero de 2014 al 31 de enero de 2015 de nuestro Colegio.- En cuanto a la Convocatoria para la Asamblea, se propone por Secretaría que se fije como fecha la del 29 de mayo de 2015 a las 8.00 y 9.00 horas respectivamente (art. 40 Ley 5177 modif. Ley 12.277). En consecuencia se resuelve convocar a la Asamblea General Ordinaria a realizarse en la sede del Colegio, Martín y Omar 339 de San Isidro, el día 29 de mayo de 2015 a las 8.00 horas en primera convocatoria y a las 9.00 horas en segunda convocatoria, a fin de tratar el siguiente ORDEN DEL DIA: 1) Lectura y consideración de la Memoria del Colegio.- 2) Consideración del Balance y Cuadro de Resultados correspondiente al ejercicio entre el 1º de febrero de 2014 al 31 de enero de 2015.- 3) Aprobación del Presupuesto Anual de Ingresos y gastos para el período comprendido entre el 1º de febrero de 2015 al 31 de enero de 2016.- 4) Designación de dos colegiados para firmar el Acta de Asamblea.- Con testimonio de la presente resolución, fórmese expediente relativo a la Asamblea, publíquense edictos por un día en el diario “El Federal”.-

Dr. Juan Fermín Lahitte. Secretario. Colegio de Abogados de San Isidro

Noticias

Autoridades del Colegio de Abogados de la provincia de Buenos Aires fueron recibidas el 14 de febrero del corriente, por el el Mtro. de Justicia y DDHH de la Nación, Dr. Cuneo Libarona, oportunidad en que abordaron temas de interés profesional y colegial.
Compartimos y adherimos a la Carta Abierta que en el día de la fecha el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos dirige a los Legisladores de la Nación Argentina, cuestionando el DNU 70/2023 y el régimen legal reglamentario de los DNU que implica una deformación de la cláusula constitucional y consuma una abdicación de potestades del propio Congreso que resulta inadmisible. Críticas sobre algunas cuestiones introducidas en el proyecto de ley “bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos” (mensaje 7/2023).

Desde el Colegio de Abogados de San Isidro hacemos saber que nuestros Institutos se encuentran abocados al estudio pormenorizado del DNU 70/23, sin perjuicio de la reserva sobre la constitucionalidad del mismo. El Consejo Directivo se encuentra en sesión permanente a los fines de la protección de las incumbencias de la abogacía y del análisis de la posible vulneración a la división de poderes.

* Nuevos dictámenes disponibles
El COLEGIO DE ABOGADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES cuestiona la utilización del decreto de necesidad y urgencia en desmedro del tratamiento legislativo como herramienta para regular temas de tan variada índole que afectan intereses en forma permanente para la ciudadanìa.
El Proyecto de Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, en lo que respecta a la jurisdicción notarial y administrativa normada, es una clara violación a las disposiciones contenidas en los arts.1, 16, 18, 29, 75 inc. 12, 108, 116 y 121 y concordantes de la Constitución Nacional. Nos adherimos y compartimos la Declaración de COLPROBA.