04
Mayo
2015

Convocatoria a Asamblea General ordinaria: 29 de mayo a las 8:00. Segunda convocatoria a las 9:00

De acuerdo con lo establecido en el Art. 38 de la ley 5177 (ref. ley 12277), deberá someterse a consideración la Memoria y el Balance y el Cuadro de Resultados del ejercicio comprendido entre el 1º de febrero de 2014 al 31 de enero de 2015 de nuestro Colegio.

San Isidro, 10 de Marzo de 2015.- 
CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA: La Secretaría informa que en el mes de mayo del corriente año se debe proceder a realizar la Asamblea General Ordinaria de acuerdo con lo establecido en el Art. 38 de la ley 5177 (ref. ley 12277), deberá someterse a consideración la Memoria y el Balance y el Cuadro de Resultados del ejercicio comprendido entre el 1º de febrero de 2014 al 31 de enero de 2015 de nuestro Colegio.- En cuanto a la Convocatoria para la Asamblea, se propone por Secretaría que se fije como fecha la del 29 de mayo de 2015 a las 8.00 y 9.00 horas respectivamente (art. 40 Ley 5177 modif. Ley 12.277). En consecuencia se resuelve convocar a la Asamblea General Ordinaria a realizarse en la sede del Colegio, Martín y Omar 339 de San Isidro, el día 29 de mayo de 2015 a las 8.00 horas en primera convocatoria y a las 9.00 horas en segunda convocatoria, a fin de tratar el siguiente ORDEN DEL DIA: 1) Lectura y consideración de la Memoria del Colegio.- 2) Consideración del Balance y Cuadro de Resultados correspondiente al ejercicio entre el 1º de febrero de 2014 al 31 de enero de 2015.- 3) Aprobación del Presupuesto Anual de Ingresos y gastos para el período comprendido entre el 1º de febrero de 2015 al 31 de enero de 2016.- 4) Designación de dos colegiados para firmar el Acta de Asamblea.- Con testimonio de la presente resolución, fórmese expediente relativo a la Asamblea, publíquense edictos por un día en el diario “El Federal”.-

Dr. Juan Fermín Lahitte. Secretario. Colegio de Abogados de San Isidro

Noticias

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Desde el Colegio de Abogados de San Isidro hacemos saber que nuestros Institutos se encuentran abocados al estudio pormenorizado del DNU 70/23, sin perjuicio de la reserva sobre la constitucionalidad del mismo. El Consejo Directivo se encuentra en sesión permanente a los fines de la protección de las incumbencias de la abogacía y del análisis de la posible vulneración a la división de poderes.

* Nuevos dictámenes disponibles
El COLEGIO DE ABOGADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES cuestiona la utilización del decreto de necesidad y urgencia en desmedro del tratamiento legislativo como herramienta para regular temas de tan variada índole que afectan intereses en forma permanente para la ciudadanìa.
El Proyecto de Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, en lo que respecta a la jurisdicción notarial y administrativa normada, es una clara violación a las disposiciones contenidas en los arts.1, 16, 18, 29, 75 inc. 12, 108, 116 y 121 y concordantes de la Constitución Nacional. Nos adherimos y compartimos la Declaración de COLPROBA.
En un anochecer casi tropical despedimos el año junto a nuestras estimadas y apreciados colegas en el espléndido jardín del Colegio. Las imágenes dan cuenta del clima distendido y ameno del encuentro. Nos saludó la Presidenta del Colegio. Más detalles