09
Mar
2020

Coronavirus. Prevención. Consultas. Protocolo

Frente al coronavirus y otras epidemias, invitamos a adoptar medidas de prevención y cuidado sobre todo en los espacios públicos o muy concurridos, según lo establecido por la OMS. Recomendaciones. Alertas. Protocolo. Medidas del Poder Judicial
  • Coronavirus. Prevención. Consultas
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Frente al coronavirus y otras epidemias, invitamos a adoptar medidas de prevención y cuidado sobre todo en los espacios  públicos o muy concurridos, según lo establecido por la OMS. 
 Es importante que quienes hayan regresado recientemente de áreas con circulación y transmisión de Coronavirus, eviten el contacto social por 14 días, aunque no presenten síntomas.
Esta recomendación rige especialmente para quienes han regresado de China, Corea del Sur, Estados Unidos, Japón, Irán, Italia, España, Francia y Alemania.
También, para cuidar la salud de todos y todas, recuerden que es importante no concurrir a oficinas y/o frecuentar lugares públicos en estado febril o con cualquier otro signo de enfermedad.

Para consultas relacionadas con coronavirus pueden comunicarse con el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires al (0221) 4255437 durante las 24 horas, mientras que en la ciudad de Buenos Aires, puede acudirse al SAME, llamando al 107.

Más información, consultar protocolo (actuaciones, zonas sanitarias, teléfonos de contacto)

Medidas del Poder Judicial
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Ac. 3/2020. Disponer la aplicación en el ámbito del Poder Judicial de la Nación de una licencia excepcional, con goce de haberes, para todos aquellos magistrados, funcionarios y empleados que regresen al país de áreas con circulación y transmisión de coronavirus (COVID-19), en la forma y en los términos que surgen del artículo 1 de la resolución 178/2020 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.-

SCBA. Res. 92-20. La presidencia de la Suprema Corte de Justicia dispuso que toda persona integrante del Poder Judicial que retorne de los países donde haya circulación activa del COVID-19 (Coronavirus) con presencia o no de síntomas, deberá solicitar, por sí o por intermedio de su superior jerárquico, una licencia médica a la Dirección General de Sanidad. Previamente deberá comunicarse con los profesionales de dicha dependencia, Dres. Gladys Tebaldi o Claudio Fontana, a los teléfonos: (0221) 410-4400 / (0221) 422-4114, internos 43619 / 43681; quienes indicarán las pautas a seguir. Importante: No presentarse en la mencionada dirección ni en sus puestos de trabajo hasta tanto reciban las instrucciones correspondientes.

 

Fuentes
Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, SAME, Colegio de Médicos de la PBA, Dirección General de Escuelas

Noticias

Desde el 14 de octubre se aplicará a los recursos ordinarios y de queja por su denegatoria, a las denuncias por retardo y denegación de justicia y presentaciones varias. Mientras que a partir del 1° de noviembre se usará para las causas ante la Secretaría de Juicios Originarios. *Domicilio electrónico: cómo obtenerlo. Procedimiento obligatorio
Ponemos a disposición de los interesados la nómina actualizada de las distintas sedes distritales del Ministerio Público Fiscal Departamental que nos hiciera llegar la Secretaría General de la Fiscalía de Cámaras del Departamento Judicial de San Isidro, el 14 de agosto del corriente.
Habiendo sido modificado el inciso 18 del artículo 467 de la disposición normativa serie “B” N° 1/04, ponemos a disposición el texto completo de la normativa actual para facilitar a los colegas las presentaciones que consideren pertinentes efectuar sobre el particular, ante el Banco Provincia de Buenos Aires.
Desde 1998, en que se implementó por una disposición del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, los colegas disponen de las ventajas que brinda el servicio del Registro de Instrumentos Privados que funciona diariamente en la sede colonial del Colegio (de 10:00 a 14:00)
Para los interesados en obtener la declaración de arbitrariedad e ilegalidad manifiesta de la resolución normativa n° 111/2008 dictada por ARBA el 28/11/2008 (B.O.09/12/2008) que introduce modificaciones relativas al sistema de liquidación y pago de los anticipos del impuesto sobre los ingresos brutos a partir del 01/11/2008, se encuentra disponible la demanda de amparo elaborada por el COLPROBA.