07
Abr
2020

Cuentas bancarias judiciales, transferencias y normalización de la operación electrónica

Por Res 16/20 la SCBA resolvió que en el marco de la Emergencia Sanitaria todas las órdenes de pago con débito en las cuentas judiciales que libren los titulares de los órganos jurisdiccionales de todos los fueros e instancias, deberán realizarse mediante trasferencias electrónicas, aun de montos iguales o inferiores a $ 30.000 en función de la normativa del BCRA.

SCBA. Res. 16/20.
COVID-19 (Coronavirus). Realización de transferencias electrónicas para el pago con débito en cuentas judiciales, aún en montos iguales o inferiores a $30.000.

Por resolución del 7 de abril de 2020, la SCBA resolvió que en el marco de la Emergencia Sanitaria "todas las órdenes de pago con débito en las cuentas judiciales que libren los titulares de los órganos jurisdiccionales de todos los fueros e instancias, deberán realizarse mediante trasferencias electrónicas, aun de montos iguales o inferiores a $ 30.000 en función de la normativa del BCRA" .

Asimismo el BAPRO cumplimentará normalmente el resto de la operatoria judicial electrónica vinculada a las cuentas judiciales, (vgr. Aperturas de éstas últimas) dándose prioridad a las cuestiones alimentarias urgentes, en el marco de la actual coyuntura de aislamiento social preventivo y obligatorio.

Finalmente, se requiere la colaboración del Colegio de Abogados y de Magistrados y Funcionarios, ambos de la Provincia de Buenos Aires, para realizar un seguimiento de las disposciones contenidas en la presente resolución.

 

Fuentes
SCBA

Noticias

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de turno del Departamento Judicial de San Isidro (que corresponde al Nº 1) atiende a distancia las consultas mediante un formulario en línea.
El Banco Central de la República Argentina comunicó a las entidades financieras adecuaciones transitorias en las cuentas a la vista para uso judicial. Comunicación A 6976. Destacados
Exigencia a la SCBA para que informe públicamente respecto de la existencia de una planificación integral y cada una de las medidas proyectadas tendientes al restablecimiento del servicio de justicia, prioritariamente bajo modalidades electrónicas, mientras permanezcan las restricciones derivadas de la Emergencia Sanitaria por el COVID 19 (Coronavirus), y además la finalización del asueto.
La Abogacía bonaerense y los veinte Colegios Departamentales entre los que se encuentra el Colegio de Abogados de San Isidro, solicitan al Sr. Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, declare a la Abogacía como actividad esencial. Texto dela nota
El CASI ofrece nuevos servicios para los matriculados durante el aislamiento social preventivo y obligatorio: acceda a los recursos con un solo click.