09
Mayo
2017

Declaración. Fallo de la CSJN. Norma del "2x1" y delitos de lesa humanidad

Ante el pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que resolvió aplicar la norma procesal denominada “2 x 1” en una causa en la que existe condena por delitos de lesa humanidad, el Colegio de Abogados de San Isidro emite la siguiente declaración:

Declaración

Ante el pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que resolvió aplicar la ley 24390, norma procesal denominada “2 x 1” en una causa en la que existe condena por delitos de lesa humanidad, el Colegio de Abogados de San Isidro declara:

1) El respeto a la independencia judicial no comprende limitación alguna para que las resoluciones de los jueces sean sometidas al escrutinio público y consecuentemente sujetas a críticas, como sucede respecto de los otros poderes del estado.

2) En ese sentido, advertimos con grave preocupación que la aplicación de la norma en cuestión -ya derogada hace muchos años respecto de delitos "comunes"- sea precisamente aplicada a casos en los que por tratarse de condenas por la comisión de delitos considerados de lesa humanidad no admiten la aplicación de instituciones reconocidas en el derecho penal común como la prescripción, generando una disminución concreta de las penas impuestas.

3) Señalamos asimismo, que los cambios de criterio de los Jueces en cuestiones idénticas son admitidos siempre con el imperativo recaudo de que se consignen las razones que los justifican en razón del mandato constitucional que ordena motivar adecuadamente sus resoluciones, circunstancia que no se verifica en el voto de la Jueza que integrara la mayoría.

4) La decisión omite considerar que los magistrados judiciales (y más aun los que integran las máximas instancias) están obligados a seguir con rigor el principio que ordena ponderar adecuadamente la previsibilidad de las consecuencias de sus decisiones en razón del impacto que ocasionan en el cuerpo social, y su repercusión en las instituciones básicas de la República según la conocida jurisprudencia de la propia Corte Suprema.

5) Finalmente, consideramos que con este fallo el Máximo Tribunal de la República en nada contribuye a mantener el prestigio conseguido por nuestro país en punto a sostener la Memoria, Verdad y Justicia, base de la paz social y garante del proceso democrático iniciado en 1983.
San Isidro, 9 de mayo de 2017.

  • Noticias relacionadas

INFOBAN | Política| Mayo 10 de 2017. El Colegio de Abogados de San Isidro opinó sobre el fallo de la Corte que admitió el 2x1 a represores

Noticias

La grave situación por la que atraviesan los abogados previsionalistas de la provincia de Buenos Aires respecto a la atención que reciben en ANSES y en las distintas UDAI empieza a visibilizar cierto avance hacia alguna solución, aunque, por el momento, es insuficiente. Entrevista televisiva al Dr. Jorge Frega.
Declaración. El Colegio de Abogados de San Isidro expresa su enérgico rechazo al modo inadmisible con que algunos integrantes de la Policía de la Provincia de Buenos Aires efectuaron sus protestas, exhibiendo armas y móviles.
Invitamos a los Colegas a sumarse a la celebración virtual del día del Abogado. Será el sábado 29 de agosto de 2020. Acompáñenos en la transmisión en vivo en nuestras redes a partir de las 11:00.
Así se expresó el Presidente del Colegio, Dr. Santiago Quarneti, refiriéndose al proyecto de reforma judicial, en un reportaje concedido a Radio San Isidro el 14 de agosto próximo pasado.
Dictamen del Instituto de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social del Colegio de Abogados de San Isidro. Com. Médicas. La acción judicial ordinaria se encuentra directamente habilitada para el procesamiento de los siniestros laborales de toda naturaleza, desactivándose el requisito del tránsito administrativo previo pues su cumplimiento es imposible aparejando la violación de los derechos y garantías constitucionales (Const. Nac. art. 18 y Const. Prov. arts. 15 y 39).