16
Dic
2014

Denegose jubilación especial a juez destituido

Un juez que ha sido destituido de su cargo por mal desempeño de sus funciones no puede acceder al régimen especial de jubilaciones previsto en la ley 24018. Así lo decidió la Corte Nacional en la causa “Marquevich, Roberto José c/ ANSeS s/ acción meramente declarativa”

La Corte Suprema declaró la validez constitucional del artículo 29 de la ley 24018, al considerar, por remisión al dictamen de la Procuración General de la Nación, que la pérdida de la jubilación especial es una consecuencia inevitable de la destitución por mal desempeño de un juez. 
Un juez que no cumple correctamente sus funciones no puede pretender acceder a un régimen que fue pensado para garantizar que los magistrados  cumplan sus funciones con libertad y sin presiones respecto de cuáles serían sus ingresos al momento del retiro; sería absurdo permitir que un juez destituido pueda ser beneficiario de un régimen que justamente exige el correcto desempeño de las funciones de los jueces como presupuesto necesario para adquirir el derecho jubilatorio. (“Marquevich, Roberto José c/ ANSeS s/ acción meramente declarativa” )
Fuente: CIJ

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CIJ

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Esta Biblioteca tiene el agrado de anunciar, que pondrá a disposición de los matriculados, a través de publicaciones periódicas, los fallos y plenarios remitidos por gentileza de la Secretaría de Jurisprudencia de la Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de San Isidro
Un fallo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 del Departamento Judicial de La Matanza, a cargo de la Sra. Juez, Dra. Laura Elizabeth Mato, considera que la partición queda asimilada a la división de condominio; ésta última, categorizada como materia mediable obligatoria. (Fallo no firme)
Selección de novedades legislativas y jurídicas de diciembre de 2014 - en los ámbitos: nacional, argentina digital, entrada en vigencia del nuevo Código Civil a partir del 1 de agosto 2015, modificaciones al Código Penal y a bienes personales. Especial jurisprudencia de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Isidro
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La Corte de Justicia de la Nación solicitó a la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires que garantice la doble instancia penal, haciendo lugar a un planteo de Carlos Carrascosa, sin expedirse sobre el caso. El fallo fue emitido el 27 de noviembre del corriente.