16
Feb
2020

Desde el 2/3/2020: disolución de las mesas receptoras de escritos

La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires dispuso la disolución, a partir del 2 de marzo de 2020, de las mesas receptoras de escritos que se encuentran bajo la órbita de las respectivas Receptorías de expedientes en los distintos departamentos judiciales.

SCBA. Res. 3485. La Plata, 18 de diciembre de 2019.

VISTO: La Resolución Nº 2929/99 que dispuso la instalación de las Mesas Receptoras de Escritos y demás instrumentos judiciales para los fueros . civil y comercial, laboral y de familia en todos los departamentos judiciales bajo la dependencia de las respectivas Receptorías de Expedientes (art. 1 ° Resol. cit.), y

CONSIDERANDO: Que similar servicio se prestaba para la Justicia de Paz hasta el dictado de la Res. Nº 1434/19 que dispuso su suspensión a partir del 1ro. de julio del corriente.

Que tal decisorio se fundamentó en una disminución notable del uso del servicio en los últimos años y, además, en proyecciones estadísticas que indicaban que la tendencia continuaría atento la implementación realizada por esta  Suprema  Corte  de medidas  conducentes  al  aprovechamiento  de  los desarrollos  informáticos y tecnológicos con el  sistema de notificaciones y presentaciones electrónicas.

Que los datos estadísticos de los últimos años muestran una sensible disminución en el uso del servicio de las mesas receptoras, pasando de recibir 173.024 escritos en el año 2015 a 6.918 en el corriente año.

Que a los efectos de un mejor aprovechamiento de los recursos y teniendo en cuenta que la utilidad del servicio ha sido superada por los avances tecnológicos,  corresponde dejarlo sin efecto y proceder a la reasignación del personal y los espacios,

POR ELLO, la Suprema Corte de Justicia en uso de sus atribuciones,

RESUELVE

Artículo 1º: Disponer la disolución, a partir del 2 de marzo de 2020, de las Mesas Receptoras de Escritos que se encuentran bajo  la órbita de las respectivas Receptorías de Expedientes en los distintos departamentos judiciales.

Artículo 2°: Encomendar a la Secretarla de Personal y a la Dirección General de Arquitectura, Obras y Servicios respectivamente, la distribución del personal que integran las citadas dependencias y la propuesta de reasignación del uso de los espacios físicos. Dr. 

Fuentes
SCBA

Noticias

En respuesta a las gestiones realizadas por el CASI y COLPROBA, desde el 13 de MARZO de 2023 los oficios electrónicos a la IGJ se tramitarán a través del sistema de Presentaciones y Notificaciones Electrónicas. La Res. 62/23 de la SCBA incorporó a los departamentos judiciales de San Isidro, Avellaneda-Lanús, La Matanza, Morón y Quilmes así como, los Registros Públicos de cada una de dichas jurisdicciones.
Hacemos saber que por Resolución SSJ Nº08/23 -SCBA-, se estableció el diferimiento de dos días para el cómputo del plazo establecido para el proveimiento o dictado de las resoluciones no urgentes recibidas durante la feria judicial del mes de enero.
A continuación podrá consultar la nómina de las autoridades judiciales designadas para prestar el servicio de administración de justicia como así también los horarios de atención al público en el Colegio, durante la feria judicial de enero 2023.
Durante la feria de enero 2023, al realizar una “nueva presentación” o “inicio de causa” el portal WEB de PyNE ofrecerá opciones, debiendo seleccionar la que corresponda para poder continuar con la confección y envío de la misma. Esto se dará tanto en la nueva como la vieja interfaz.
Se hace saber que la SCBA dispuso por Res. SC Nº 3037/22, que cuando el número de presentaciones por medios electrónicos no urgentes recibidas durante la feria judicial de enero supere las 120.000, operará de manera automática el diferimiento para el cómputo del plazo establecido para el proveimiento o dictado de resoluciones en un (1) día. Por cada 120.000 adicionales, se actuará de igual manera, agregándose un (1) día de prórroga hasta un máximo de tres (3) días de diferimiento. Más detalles