20
Sep
2017

Destituyeron a jueza de Pilar acusada de numerosas y graves inconductas

El Jurado de Enjuiciamiento de la Provincia de Buenos Aires resolvió por unanimidad, el miércoles 20 de septiembre de 2017, la destitución de la jueza Alejandra Claudia Velázquez, que era titular del Juzgado de Familia Nro. 1 de Pilar, acusada de numerosas y graves inconductas.Veredicto y sentencia

El Jurado de Enjuiciamiento de la Provincia de Buenos Aires resolvió  por unanimidad, el miércoles 20 de septiembre de 2017, la destitución (con costas) de la jueza Alejandra Claudia Velázquez, que era titular del Juzgado de Familia Nro. 1 de Pilar, acusada de numerosas y graves inconductas.

Entre los cargos en su contra se encuentran: datar falsamente sentencias e interlocutorios; irregularidades en el procedimiento (como permitir que, mientras estaba en viaje fuera del país – en muchos casos sin autorización de la Corte -, sus auxiliares firmaran 600 expedientes durante los años que estuvo en el cargo); intermediación de cesión directa por precio de personas por nacer; acoso laboral; incumplimientos reiterados en materia de adopción; actos de parcialidad manifiesta; entre otros.

Fueron transitadas las  instancias previstas en la Ley 13.661 de procedimiento para el enjuiciamiento de magistrados y funcionarios y, luego de intensas jornadas de pruebas testimoniales y una jornada de alegatos, por unanimidad el Jurado de Enjuiciamiento resolvió destituir a la magistrada e inhabilitarla para ejercer en adelante función judicial.

Ya en noviembre de 2016 la Dra. Alejandra Velázquez había presentado su renuncia – estando ya en proceso de enjuiciamiento – pero  no fue aceptada por la gobernadora provincial.

El jurado estuvo integrado por: la Sra. Presidente de la Suprema Corte de Justicia bonaerense, Dra.Hilda Kogan; la Senadora Nidia Moirano; los Diputados Carlos Ramiro Gutiérrez; María Elena Torresi; Sandra Paris; y los Conjueces abogados Jorge Omar Almanza; Andrés Blas Roman; Marcos Darío Vilaplana y Héctor Osvaldo Blanco Kuhne.

El Colegio de Abogados de San Isidro estuvo representado por el Sr.  Presidente del Consejo Directivo, Dr. Guillermo E. Sagués, quien fue asistido por Consejeros Titulares y Suplentes como así también por miembros de la comisión especial conformada al efecto, compuesta por anteriores integrantes del cuerpo.

Veredicto y sentencia

Colegio de Abogados de San Isidro. Destitución Dra. Velázquez. 20/9/2017
Dictado el veredicto  funcionarios judiciales retiran "el expediente"  objeto del juicio político. La Plata, 20/9/2017.

Noticias

El pasado jueves 30 de junio a partir de las 10:00 se llevó a cabo en el Salón de Sesiones del Concejo Deliberante de la Municipalidad de Pilar una Jornada Regional de Derecho Público sobre los “Nuevos escenarios y su impacto a nivel local”. El Presidente del Colegio, Dr. Guillermo E. Sagués participó de la misma.
El mérito de Belgrano no es haber muerto pobre. Nadie es mejor ni peor por ser pobre o ser rico. El mérito de Belgrano es haber sido honesto. Ni siquiera en el Vía Crucis de su camino hacia la muerte se adueñó de algo que no le correspondía.
El COLPROBA, del que forma parte activa y permanente este Colegio, inició la acción de amparo contra la Prov. de Bs.As., motivado en el irregular funcionamiento del servicio de justicia que nos afecta como ciudadanos bonaerense de las garantías constitucionales del acceso a la tutela judicial continua y efectiva, y como abogados el ver cercenada la garantía que protege el derecho al trabajo. Esta acción fue declarada admisible el 18-5-2016.
Nos importa a todos: marcha en repudio al femicidio. NI UNA MENOS. Viernes 3 de junio de 2016: punto de encuentro: Av. de Mayo y L. Saenz Peña a las 17:00. El estado tiene la obligación de impulsar “las medidas necesarias para eliminar la discriminación contra la mujer en el acceso al sistema de justicia para la tutela de sus derechos e intereses legítimos, logrando la igualdad efectiva de condiciones”.
Durante el transcurso de la jornada de ayer -27/5/16- se llevó a cabo la Asamblea General Ordinaria conforme lo establece la ley 5177, sometiéndose a consideración la Memoria y el Balance y el Cuadro de Resultados del ejercicio comprendido entre el 1/2/2015 al 31/1/2016. Asimismo se celebró el acto eleccionario de renovación de autoridades. Resultados. Registro fotográfico