19
Mayo
2012

Dimensión humana de un gran abogado

El Dr. Juan Mario GERSENOBITZ falleció el 19-5-2012. Fue presidente del Colegio de Abogados del Departamento Judicial Trenque Lauquen, presidente del Consejo Superior del colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires y miembro del Consejo de la Magistratura de la Nación.

 

El Dr. Juan Mario GERSENOBITZ falleció el 19-5-2012. Fue presidente del Colegio de Abogados del Departamento Judicial Trenque Lauquen durante tres períodos desde 1986 hasta 1998. Presidente del Consejo Superior del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires entre los años 1986 y 1990, y 1996 y 1998 y miembro del Consejo de la Magistratura de la Nación entre los años 1998 y 2002.

Noticias

Compartimos y adherimos a la Carta Abierta que en el día de la fecha el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos dirige a los Legisladores de la Nación Argentina, cuestionando el DNU 70/2023 y el régimen legal reglamentario de los DNU que implica una deformación de la cláusula constitucional y consuma una abdicación de potestades del propio Congreso que resulta inadmisible. Críticas sobre algunas cuestiones introducidas en el proyecto de ley “bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos” (mensaje 7/2023).

Desde el Colegio de Abogados de San Isidro hacemos saber que nuestros Institutos se encuentran abocados al estudio pormenorizado del DNU 70/23, sin perjuicio de la reserva sobre la constitucionalidad del mismo. El Consejo Directivo se encuentra en sesión permanente a los fines de la protección de las incumbencias de la abogacía y del análisis de la posible vulneración a la división de poderes.

* Nuevos dictámenes disponibles
El COLEGIO DE ABOGADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES cuestiona la utilización del decreto de necesidad y urgencia en desmedro del tratamiento legislativo como herramienta para regular temas de tan variada índole que afectan intereses en forma permanente para la ciudadanìa.
El Proyecto de Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, en lo que respecta a la jurisdicción notarial y administrativa normada, es una clara violación a las disposiciones contenidas en los arts.1, 16, 18, 29, 75 inc. 12, 108, 116 y 121 y concordantes de la Constitución Nacional. Nos adherimos y compartimos la Declaración de COLPROBA.
En un anochecer casi tropical despedimos el año junto a nuestras estimadas y apreciados colegas en el espléndido jardín del Colegio. Las imágenes dan cuenta del clima distendido y ameno del encuentro. Nos saludó la Presidenta del Colegio. Más detalles