25
Ago
2016

Documentos judiciales estandarizados para el Reg. Prop.Inmueble provincial

La Suprema Corte de Justicia de la Pcia. de Buenos Aires suscribió un acuerdo marco con el Ministerio de Economía de la Provincia (Reg. de la Propiedad Inmueble) por el cual regirá en el ámbito bonaerense un nuevo sistema de presentaciones y notificaciones electrónicas entre ambos organismos. Acordada 1799/16.

La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires suscribió un acuerdo marco con el Ministerio de Economía de la Provincia (Registro de la Propiedad Inmueble) por el cual regirá en la Provincia de Buenos Aires un nuevo sistema de presentaciones y notificaciones electrónicas entre ambos organismos.
De tal forma se simplifican, agilizan y economizan los trámites de los profesionales en el ejercicio de su labor diaria.
En una primera etapa -que comienza el primero de septiembre de 2016-,  su utilización será obligatorio para los órganos judiciales de los Fueros Civil y Comercial, de Familia, Laboral, Contencioso Administrativo, Penal, de Responsabilidad Penal Juvenil y de Paz del Departamento Judicial La Plata (en relación a los inmuebles sitos en los partidos del Berisso, Coronel Brandsen, Ensenada, General Paz –Ranchos- y La Plata.).
Luego se extenderá paulatinamente al resto de los departamentos judiciales y demás partidos bonaerenses.

  • Conforme la Acordada 1799/16  la SCBA  el 24/de agosto de 2016 aprobó los textos de los modelos estandarizados de documentos judiciales destinados a la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires.
  • Modelos de documentos judiciales estandarizados (procesados en word para su utilización)
Fuentes
SCBA

Noticias

El lunes 9 de mayo la Comisión del Patronato de Liberados de nuestro Colegio, reinició sus actividades. Ya comenzaron una coleta para llevar libros y ropa en su próxima visita prevista para el 30 de mayo del corriente, al Penal de Olmos.
El 7 de febrero nos visitó el Presidente del Patronato de Liberados de la Provincia de Buenos Aires, Dr. Aníbal Hnatiuk. Fue recibido por el Presidente del Colegio y autoridades locales del Patronato de San Isidro.
El abogado/ la abogada tiene derecho al cobro de la consulta cuyo mínimo es: la consulta verbal, 1 jus y la consulta escrita, 2 jus. Recordemos que según la ley, el honorario es de carácter alimentario, obligatorio y de orden público.
Recordamos a los matriculados que si la interpretación o aplicación de estas disposiciones implicara en algún caso en concreto un incidente o violación del ejercicio profesional, el Colegio recibe tus reclamos en "[email protected]" o bien "[email protected]".
Estamos cerca tuyo. Qué dicen las nuevas disposiciones.
En consonancia con los reiterados reclamos formulados desde la colegiación, la SCBA estableció los alcances de medidas tales como el plan de productividad mensual que deben realizar los jueces que asegure una mejor prestación del servicio; fomento y profundización del uso de herramientas tecnológicas para canalizar actuaciones y peticiones; atención espontánea; las audiencias pueden cumplirse por cualquier medio. Adjuntamos Ac. SCBA 1651/21 y Res. 1928.