19
Ago
2016

Dr. Pablo Miguel Jacoby. Obituario

Dr. Pablo Miguel Jacoby, falleció 19-8-2016. El Consejo Directivo del Colegio de Abogados de San Isidro despide al Dr. Jacoby tras 40 años de ejercicio profesional y acompaña a la Dra. Susana Villegas, ex Vicepresidente 2da. de la Institución- en tan triste momento. Velatorio Casa Zuccotti, Thames 1164, CABA.

Dr. Pablo Miguel  Jacoby, falleció 19-8-2016.

El Consejo Directivo del Colegio de Abogados de San Isidro despide al Dr. Jacoby tras 40 años de ejercicio profesional y acompaña a la Dra. Susana Villegas, ex Vice Presidente 2da. de la Institución- en tan triste momento.  Velatorio Casa Zuccotti, Thames 1164- CABA-, Sala 2, a partir de las 17:00.
Despiden sus restos en el Cementerio de la Chacarita  a partir de las 9:00.

Que en Paz descanse.

Noticias

El Consejo Directivo del Colegio de Abogados de San Isidro participa con profundo pesar el fallecimiento del Dr. Eduardo Oscar Do Porto, acaecido el sábado 6 de diciembre del corriente año y expresa las más sentidas condolencias a familiares, colegas y amigos del extinto.
Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. En el día de la fecha nuevos colegas han prestado el juramento de ley en las instalaciones de Martín y Omar 339, San Isidro.
Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. En el día de la fecha nuevos colegas han prestado el juramento de ley en las instalaciones de Martín y Omar 339, San Isidro.
Ha sido suspendido preventivamente de la matrícula del Colegio de Abogados del Departamento Judicial de San Martín el sr. Juan Cruz Benavídez, por considerar que su título profesional para ejercer como abogado sería falso. La causa por falsificación de documento público tramita ante el Juzgado Federal en lo Criminal nro. 2, Secretaría nro. 5
Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. En el día de la fecha nuevos colegas han prestado el juramento de ley en las instalaciones de Martín y Omar 339, San Isidro.