19
Ago
2016

Dr. Pablo Miguel Jacoby. Obituario

Dr. Pablo Miguel Jacoby, falleció 19-8-2016. El Consejo Directivo del Colegio de Abogados de San Isidro despide al Dr. Jacoby tras 40 años de ejercicio profesional y acompaña a la Dra. Susana Villegas, ex Vicepresidente 2da. de la Institución- en tan triste momento. Velatorio Casa Zuccotti, Thames 1164, CABA.

Dr. Pablo Miguel  Jacoby, falleció 19-8-2016.

El Consejo Directivo del Colegio de Abogados de San Isidro despide al Dr. Jacoby tras 40 años de ejercicio profesional y acompaña a la Dra. Susana Villegas, ex Vice Presidente 2da. de la Institución- en tan triste momento.  Velatorio Casa Zuccotti, Thames 1164- CABA-, Sala 2, a partir de las 17:00.
Despiden sus restos en el Cementerio de la Chacarita  a partir de las 9:00.

Que en Paz descanse.

Noticias

Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. En el día de la fecha nuevos colegas han prestado el juramento de ley en las instalaciones de Martín y Omar 339, San Isidro.
Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. En el día de la fecha nuevos colegas han prestado el juramento de ley en las instalaciones de Martín y Omar 339, San Isidro.
Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. En el día de la fecha nuevos colegas han prestado el juramento de ley en las instalaciones de Martín y Omar 339, San Isidro.
Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. En el día de la fecha nuevos colegas han prestado el juramento de ley en las instalaciones de Martín y Omar 339, San Isidro.
Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. En el día de la fecha nuevos colegas han prestado el juramento de ley en las instalaciones de Martín y Omar 339, San Isidro.