29
Jun
2018

El Defensor del Pueblo no debe ser “el Abogado del Pueblo”. Declaración

Manifestamos nuestra más profunda preocupación frente al "Nuevo programa de Representación Jurídica Gratuita" presentado por la Defensoría del Pueblo de Pilar y la Fundación Microjusticia Argentina, que ofrece consultas y asesoramiento gratuito en amplios y variados temas de derecho. Repudio.

 

El Defensor del Pueblo no debe ser “el Abogado del Pueblo”
 
 
Manifestamos nuestra más profunda preocupación frente al "Nuevo programa de Representación Jurídica Gratuita" presentado por la Defensoría del Pueblo de Pilar y la Fundación Microjusticia Argentina, que ofrece consultas y asesoramiento gratuito en amplios y variados temas de derecho. 
La preocupación se profundiza en cuanto, la publicidad realizada, además de no especificar si los servicios son realmente ofrecidos por abogados de la matrícula y por ende capacitados y debidamente formados para brindar un cabal asesoramiento jurídico en materia de Derecho de Familia, Mediaciones y otros temas de Derecho Civil, implican lisa y llanamente captación de clientela a través de un canal estatal. No en vano, el Defensor del Pueblo está vedado de ejercer la profesión de abogado por incompatiblidad absoluta según lo establece el art.3 de la ley 5177.
Bajo ningún punto de vista ponemos en tela de juicio la misión de la Defensoría del Pueblo -que cuenta con raigambre constitucional- en tanto y en cuanto tiene como objetivo fundamental la protección de los derechos e intereses de los individuos y de la comunidad frente a los actos, hechos u omisiones de la Administración Pública Municipal.
Sin embargo, el programa publicitado excede el ámbito funcional de lo que debería ser la actuación del Defensor del Pueblo, importando esta extra limitación una seria amenaza que atenta contra el ejercicio profesional, pauperizando el servicio de justicia y nuestra actividad. Ello implica desconocer el carácter de interés público de la Abogacía y por ende su propio fin: la defensa de las garantías constitucionales y la paz social.
Destacamos que el Colegio de Abogados de San Isidro, además de velar por la salvaguarda de los derechos de sus matriculados, cumple fielmente el loable mandato legal de patrocinar a los carentes de recursos a través del Consultorio Jurídico Gratuito, cuya labor se desarrolla merced al desinteresado accionar de sus colegas.
Por todo ello, repudiamos el programa instaurado y exigimos el cese inmediato del mismo.
 
Consejo Directivo del Colegio de Abogados de San Isidro, 29 de Junio de 2018.
 

Noticias

El Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, ha solicitado por nota al Sr. Gobernador Provincial Lic. A. Kicillof se efectivicen medidas en defensa del ejercicio de nuestra profesión, tales como prórrogas de vencimientos tributarios y tasas municipales, suspensión de multas y facilitación de acceso al crédito. Texto de la nota.
Los matriculados del Colegio colmaron el Salón de Actos de la sede institucional del Colegio, en Martín y Omar 339, con motivo de la convocatoria a la Asamblea Extraordinaria del día de la fecha, a fin de resolver el conflicto con la SCBA suscitado en relación a la situación de la Sala de Profesionales del 2° entrepiso del Edificio de Tribunales. Voto unánime.
El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios, resolvió por UNANIMIDAD de los miembros presentes, (entre ellos los conjueces sanisidrenses Dres. Fulvio Santarelli, Adrián Murcho y Juan P. Cafiero) -DESTITUIR al juez de Familia de Olavarría, Claudio Daniel García. Sentencia.
La Comisión de Derecho Previsional y Seguridad Social de COLPROBA se encuentra sesionando en el día de la fecha, 11 de marzo de 2020 desde las 14:00 en el Colegio de Abogados de San Isidro, abordando temáticas de interés común
SUSPENDIDA la celebración del VIII Encuentro Provincial de Dirigentes (Colegios de Abogados de Morón y de La Matanza) prevista para el jueves 19 y viernes 20 de marzo de 2020 -. Detalles. Programa.