29
Jun
2018

El Defensor del Pueblo no debe ser “el Abogado del Pueblo”. Declaración

Manifestamos nuestra más profunda preocupación frente al "Nuevo programa de Representación Jurídica Gratuita" presentado por la Defensoría del Pueblo de Pilar y la Fundación Microjusticia Argentina, que ofrece consultas y asesoramiento gratuito en amplios y variados temas de derecho. Repudio.

 

El Defensor del Pueblo no debe ser “el Abogado del Pueblo”
 
 
Manifestamos nuestra más profunda preocupación frente al "Nuevo programa de Representación Jurídica Gratuita" presentado por la Defensoría del Pueblo de Pilar y la Fundación Microjusticia Argentina, que ofrece consultas y asesoramiento gratuito en amplios y variados temas de derecho. 
La preocupación se profundiza en cuanto, la publicidad realizada, además de no especificar si los servicios son realmente ofrecidos por abogados de la matrícula y por ende capacitados y debidamente formados para brindar un cabal asesoramiento jurídico en materia de Derecho de Familia, Mediaciones y otros temas de Derecho Civil, implican lisa y llanamente captación de clientela a través de un canal estatal. No en vano, el Defensor del Pueblo está vedado de ejercer la profesión de abogado por incompatiblidad absoluta según lo establece el art.3 de la ley 5177.
Bajo ningún punto de vista ponemos en tela de juicio la misión de la Defensoría del Pueblo -que cuenta con raigambre constitucional- en tanto y en cuanto tiene como objetivo fundamental la protección de los derechos e intereses de los individuos y de la comunidad frente a los actos, hechos u omisiones de la Administración Pública Municipal.
Sin embargo, el programa publicitado excede el ámbito funcional de lo que debería ser la actuación del Defensor del Pueblo, importando esta extra limitación una seria amenaza que atenta contra el ejercicio profesional, pauperizando el servicio de justicia y nuestra actividad. Ello implica desconocer el carácter de interés público de la Abogacía y por ende su propio fin: la defensa de las garantías constitucionales y la paz social.
Destacamos que el Colegio de Abogados de San Isidro, además de velar por la salvaguarda de los derechos de sus matriculados, cumple fielmente el loable mandato legal de patrocinar a los carentes de recursos a través del Consultorio Jurídico Gratuito, cuya labor se desarrolla merced al desinteresado accionar de sus colegas.
Por todo ello, repudiamos el programa instaurado y exigimos el cese inmediato del mismo.
 
Consejo Directivo del Colegio de Abogados de San Isidro, 29 de Junio de 2018.
 

Noticias

Invitamos a nuestros Colegiados a participar de una Jornada que, sobre la "Defensa de la Competencia", se llevará a cabo el jueves 25 de abril a las 14:30. Se trata de una actividad no arancelada pero que requiere inscripción previa. ¡No olvide reservar su vacante on line!
El Dr. Sergio Torres ha prestado el 15 de abril de 2019 el juramento obligatorio que impone la ley 5177. La ceremonia formal se llevó a cabo en el Salón de Sesiones del Consejo, en la sede de Martín y Omar 339. Actualización. Juramento ante la SCBA.
En el marco de las actividades para conmemorar el 90° Aniversario del Colegio de Abogados de Azul, el 11/04 de 18.30 a 20:00 el Presidente del CASI, Dr. Santiago Quarneti intervino como panelista en una disertación sobre el Proyecto de Reforma del CPCC. Programa- Muy amplia participación y repercusión.
El miércoles 10 de abril a las 18:00 recibiremos al Sr. Ministro de la Corte Suprema de la Nación, Dr. Ricardo Lorenzetti, quien disertará sobre "Los nuevos supuestos de Responsabilidad Civil” en el marco del “Ciclo de conferencias sobre el Código Civil y Comercial en la práctica” .
Ante el abuso que resulta de la aplicación de la Res. 22/2018 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, con pretensiones de cercenar el libre y eficaz ejercicio profesional, el Colegio insta a la modificación de la normativa, que atenta contra los abogados y sus defendidos.