17
Dic
2015

Exhortación ante la designación en comisión de Jueces de la Corte

Ante el dictado del Decreto Nº 83/2015 del PEN que designó Jueces de la Corte Suprema de Justicia Nacional en comisión, el Consejo Superior del Colegio de Abogados de la Prov. de Bs. As., manifiesta que dicha forma de designación, provoca un estado de incertidumbre entre las Instituciones de la República que afecta la independencia del Poder Judicial.

DECLARACIÓN DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES ANTE LA DESIGNACIÓN EN COMISIÓN DE LOS JUECES DE LA CORTE SUPREMA  DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

Ante el dictado del Decreto Nº 83/2015 por parte del Poder Ejecutivo Nacional que designó Jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en comisión, el Consejo Superior del  Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, manifiesta que dicha forma de designación, en las actuales circunstancias, provoca un estado de incertidumbre entre las Instituciones de la República que afecta la independencia del Poder Judicial.
Por ello, exhortamos que la designación de los magistrados del Alto tribunal de la Nación lo sea de la manera más incuestionable y cumpliendo con los recaudos más rigurosos exigidos en la Constitución.
Por otro lado, instamos para que el Honorable Senado de la Nación trate en forma urgente las postulaciones, a fin de mantener indemne la garantía de la independencia del Poder Judicial y el funcionamiento de la Corte Suprema de Justicia de La Nación.

COLEGIO DE ABOGADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
San Martin, 17 de diciembre  de 2015.
 

Ver noticias relacionadas. INFOBAN, 18- 12- 2015 Colegio de Abogados bonaerense fijó posición ante la designación en comisión de Jueces de la Corte

Noticias

Invitamos a los Colegas a sumarse a la celebración virtual del día del Abogado. Será el sábado 29 de agosto de 2020. Acompáñenos en la transmisión en vivo en nuestras redes a partir de las 11:00.
Así se expresó el Presidente del Colegio, Dr. Santiago Quarneti, refiriéndose al proyecto de reforma judicial, en un reportaje concedido a Radio San Isidro el 14 de agosto próximo pasado.
Dictamen del Instituto de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social del Colegio de Abogados de San Isidro. Com. Médicas. La acción judicial ordinaria se encuentra directamente habilitada para el procesamiento de los siniestros laborales de toda naturaleza, desactivándose el requisito del tránsito administrativo previo pues su cumplimiento es imposible aparejando la violación de los derechos y garantías constitucionales (Const. Nac. art. 18 y Const. Prov. arts. 15 y 39).
Frente a los acontecimientos que han tomado estado público respecto a la investigación de hechos delictivos atribuidos a funcionarios y abogados del Departamento Judicial de San Isidro, el Consejo Directivo del Colegio comunica que acusará a los funcionarios y magistrados de la Administración de Justicia involucrados para el caso que así corresponda e incoará las acciones disciplinarias pertinentes.
Nota al fallo. Destitución de magistrados. Derecho al recurso. Ausencia de responsabilidad del Estado por violación de los derechos humanos del juez. El enjuiciamiento de los magistrados judiciales y el rol de los colegios de abogados. A propósito de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la causa “Rico, Eduardo vs. Argentina” por el Dr. Guillermo E. Sagués.