01
Jul
2018

Extensión del sistema de subastas judiciales electrónicas, S. Isidro y ot. Solicitud de inscripción desde el 2/7/18

A través de la Res. 955/18 la SCBA dispuso avanzar en la 2° etapa de implementación del sistema de Subastas Judiciales Electrónicas en los Departamentos Judiciales San Martín, Mercedes, Mar del Plata, San Isidro y Bahía Blanca, estableciendo el inicio de actividades a partir del 2 de julio del corriente año. Más información
 
Extensión del sistema de subastas judiciales electrónicas a San Martín, Mercedes, Mar del Plata, San Isidro y Bahía Blanca.
 
A través de la Resolución 955/18 la Suprema Corte de Justicia dispuso avanzar en la segunda etapa de implementación del sistema de Subastas Judiciales Electrónicas en los Departamentos Judiciales San Martín, Mercedes, Mar del Plata, San Isidro y Bahía Blanca, estableciendo el inicio de actividades a partir del 2 de julio del corriente año. Desde esa fecha estará habilitada la tramitación de solicitudes de inscripción de los interesados en registrarse como usuarios del sistema.
Asimismo, se dispuso que quedarán sometidas a la modalidad electrónica las subastas a efectuarse en dichas jurisdicciones cuya fecha de realización se fije con posterioridad al 1º de octubre de 2018.
En funcionamiento en el Departamento Judicial La Plata desde fines del 2015, esta herramienta facilita y hace más transparentes y seguras las subastas que ordenan organismos de diversos fueros de la Administración de Justicia.
El sistema al que se puede acceder desde el link: scba.gov.ar/subastas garantiza el desarrollo de un proceso interactivo de búsqueda de precio, mediante la puja simultánea de distintos postores por medio de un programa automatizado, desarrollado y reglamentado por la Suprema Corte provincial.

 

Fuentes
SCBA

Noticias

Los plazos comienzan a correr el día hábil siguiente al de la notificación (art. 156 CPCC), sea esta electrónica o física. O sea, el día de nota siguiente se computa -en lo electrónico- a los efectos de que se produzca la notificación pero, una vez operada la misma, los plazos se computan normalmente.
La SCBA confirmó la necesidad de adjuntar, el escrito original, digitalizado y con firma de la parte, cuando la presentación es efectuada por quien actúa por derecho propio y con patrocinio letrado. Fueron desestimados error material y exceso ritual.
Invitamos a consultar este manual ya que se trata de un compendio de acordadas, resoluciones, tutoriales y videotutoriales de actualidad en el proceso electrónico bonaerense. También incluye las últimas novedades del expediente digital. Detalle de sus contenidos. Reconocimientos.
La Suprema Corte provincial modificó el Acuerdo 3845 que reglamenta las notificaciones por medios electrónicos. Adecuaciones en el Reglamento para la notificación por medios electrónicos.
Incorporación de código QR.
Se trata del Ac. 3997 emitido el 16/12/2020.
En 2 minutos le explicamos cómo pagar electrónicamente la Tasa de Justicia ya sea por los sistemas de banca virtual, como por cajeros automáticos de la red Link o tarjetas de crédito y débito. Acceda al vídeo del Colegio