23
Feb
2020

Fallecimiento del Dr. Horacio Arturo Brignole

Con profundo pesar, el Colegio de Abogados de San Isidro participa el fallecimiento del Dr. Horacio Arturo Brignole, acontecido ayer, 22 de febrero de 2020. Vayan nuestras más sentidas condolencias a sus familiares, colegas y amigos. Descanse en Paz.
  • Fallecimiento del Dr. Horacio A. Brignole

Las autoridades del Colegio de Abogados de San Isidro expresan su pésame por el fallecimiento del Dr. Horacio Arturo Brignole, acontecido ayer, 22 de febrero de 2020.
El Dr. Brignole, que en el año 2017 había cumplido cincuenta años de ejercicio profesional, era activo participante académico, desempeñándose como titular en los Institutos de Derecho Comercial y también en el de Derecho Laboral. Fue docente en los Cursos de Capacitación e Iniciación de Carrera de nuestro Colegio  además de Profesor de la Maestría en Derecho del Trabajo y Relaciones Laborales Internacionales del Trabajo.
Fue Miembro de la Asociación Argentina de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Tuvo a su cargo el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 78 de la Capital Federal, habiendo renunciado en el 2015.
 Vayan nuestras más sentidas condolencias a sus familiares, colegas y amigos. Descanse en Paz.

Noticias

Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. En el día de la fecha nuevos colegas han prestado el juramento de ley en las instalaciones de Martín y Omar 339, San Isidro.
Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. En el día de la fecha nuevos colegas han prestado el juramento de ley en las instalaciones de Martín y Omar 339, San Isidro.
Ha sido suspendido preventivamente de la matrícula del Colegio de Abogados del Departamento Judicial de San Martín el sr. Juan Cruz Benavídez, por considerar que su título profesional para ejercer como abogado sería falso. La causa por falsificación de documento público tramita ante el Juzgado Federal en lo Criminal nro. 2, Secretaría nro. 5
Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. En el día de la fecha nuevos colegas han prestado el juramento de ley en las instalaciones de Martín y Omar 339, San Isidro.
Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. En el día de la fecha nuevos colegas han prestado el juramento de ley en las instalaciones de Martín y Omar 339, San Isidro.