En razón de ello el COLPROBA requirió también el inmediato cese a las reiteradas manifestaciones agraviantes a la dignidad de los profesionales del Derecho, que en forma de publicidades del organismo constituía una verdadera campaña administrativa de desprestigio de la profesión, injustificada y lesiva de los derechos constitucionales de los abogados
En el marco de la acción de amparo promovida, el titular del Juzgado Federal N° 4, Dr. Alberto O. Recondo haciendo lugar a la medida cautelar solicitada oportunamente, ordenó a la ANSES, sede central, suspenda la Norma “PRE-11-01” permitiendo el inicio de trámites previsionales a los profesionales abogados, en toda la jurisdicción de la provincia de Buenos Aires, sin limitación de cantidad ni asignación exclusiva a determinadas oficinas.
Le ordenó asimismo proceda a retirar de forma inmediata, otorgándole un plazo máximo de 24 horas, los textos de la página WEB, spots publicitarios, banners, carteles y afiches en dependencias de la ANSES que hagan referencias agraviantes a la dignidad de los Abogados, habiendo sido la medida dispuesta bajo apercibimiento de desobediencia, en los términos del art. 239 del Código Penal.
Mientras tanto el Colegio de Abogados de San Isidro continúa con la campaña que -en defensa de las incumbencias profesionales- promueve la actuación de los abogados previsionalistas.
Las imágenes ilustran la cartelería instalada en uno de los andenes de la estación del ferrocarril Mitre en San Isidro.