26
Abr
2017

Instructivo sobre reclamos bonos ley 8480

En relación al nuevo sistema de bonos ley 8480 implementado, y teniendo en cuenta las diferentes consultas realizadas al respecto, a continuación se transcribe el instructivo elaborado por la asesoría técnica del COLPROBA que contempla diversas situaciones que pueden producirse.

Atento a la puesta en funcionamiento del nuevo sistema de bonos ley 8480 implementado, y teniendo en cuenta las diferentes consultas realizadas tanto por los Colegio Departamentales como por los matriculados, a continuación se transcribe el instructivo elaborado por la asesoría técnica del COLPROBA que contempla diversas situaciones que pueden producirse, y que se pone a disposición de los Colegios Departamentales para la difusión entre los matriculados.

El sistema registra la información suministrada por la SCBA sobre los juicios iniciados a partir del 1/1/2016 (Abogados presentados en inicios o contestación) se busca en los bonos generados por el profesional y asociarlo al expediente.
En caso de no encontrar coincidencia (número de exp. y/o caratula) registra un reclamo de bono para que el abogado seleccione que bono pago para ese expediente.
También se registran los reclamos por participación en una mediación y no haber presentado el correspondiente Bono (tanto del Requerido como del Requirente).

¿Qué hacer cuando el sistema registra un reclamo de bono?
1 – Para cada reclamo del listado de la izquierda (expedientes),  debe seleccionar del listado de bonos pagos que surge a la derecha y confirma la operación.
2 – Si el bono fue abonado por otro abogado, deberá indicar “Bono generado por otro abogado”. En este caso deberá indicar el CUIT del profesional y el número del bono para poder eliminar el alerta.
Finalmente deberá presionar el botón de la parte inferior “CONFIRMAR”  para registrar la información.
De no surgir el bono en el listado para cumplir con el reclamo, puede seleccionar la opción “Generar un bono para este expediente”  y luego de pagarlo podrá  seleccionar el mismo  y eliminar el reclamo.

  • Aclaraciones

–     Para poder generar bonos debe tener menos de 15 reclamos, si el sistema está bloqueado, cuando complete el bono para cada reclamo y baje de esa cantidad, automáticamente será habilitado nuevamente.
–     En caso de pagar el comprobante en un organismo externo al Colegio de Abogados (Caja, Bapro, Banco Provincia) la acreditación podrá demorar entre 72 y 96 hs. hábiles.
–     Si un bono sigue figurando impago, luego de  96 hs. hábiles de haberlo pagado, deberá enviar  un e-mail a la dirección [email protected] adjuntando el tiquet de pago a fin de verificar el inconveniente.
–     Si el sistema le reclama por un expediente en el cual pagó el bono antes del 1/10/2015 deberá enviar un e-mail a [email protected] con el fin de verificar el bono y eliminar el reclamo.
Si no corresponde el pago del bono por ser:
–     Derivación Consultorio Jurídico.
–     Ejecución de Honorarios de un abogado (solo cuando es el propio abogado quien reclama).
Podrán solicitar en el Colegio Departamental  (acreditando la situación) la asignación de un Bono sin costo para cumplir con el reclamo. El cajero puede generar un bono “EXCEPCIÓN LEY 8480”.
Cualquier consulta técnica sobre el funcionamiento del sistema se puede efectuar a la dirección [email protected] o en su Colegio de Abogados Departamental.

Ver: Instrcuctivo sobre el mecanismo de utilización de Bonos Ley 8480

Consultas: Tesorería del Colegio.
Lunes a jueves: 8:30 a 17:30. Viernes: 8:30 a 16:30
4743-5720 int. 263 - E-MAIL: [email protected]

Fuentes
COLPROBA

Noticias

En razón del crecimiento de las actividades institucionales, académicas y culturales que viene experimentando el Colegio, con la masiva cantidad de colegas que concurren a cursos, jornadas, conferencias, carreras y encuentros formativos, el Consejo Directivo ha emprendido un programa (de cumplimiento por etapas) de renovación y reparación de algunos sectores de la sede tradicional de Martín y Omar 339 así como la optimización de los espacios de su superficie.
La sala Ia. de la Cámara Federal en lo Civil y Comercial de La Plata, resolvió denegar la procedencia de los recursos extraordinarios federales deducidos por la demandada ANSES contra las sentencias dictadas en las causas detalladas a continuación. Reseña de litigios
Enérgico rechazo al fallo dictado por la SCJBA en autos: “Isla, Sara E. c/ Prov. de Bs.As. s/ Amparo Rec. Extraordinario de Inaplicabilidad de Ley”, mediante el cual considera derogada la tasa activa que deriva del art. 54 inc. b) de la Ley 8904, previsto para los honorarios en mora, sustituyéndola de manera irrazonable por la tasa pasiva. Reclamo de la Caja. En adjunto capítulo para planteo caso federal.
Como consecuencia del estado público que tomó la situación del Dr. Luis María Cabral, se puso en evidencia una vez más, una problemática que preocupa y sobre la cual se ha pronunciado este Colegio. Desaprobamos el hecho de que decenas de juzgados nacionales y federales vacantes se encuentran más allá de lo prudente y necesario a cargo de jueces subrogantes. Declaración completa.
El miércoles primero de julio el Colegio recibió la visita del Sr. Ministro de Justicia Dr. Ricardo Casal, con motivo de la conferencia a su cargo que sobre el presente, futuro y perspectivas de la justicia, fuera llevada a cabo en el Salón Auditorio de la sede Académica, ante muy numeroso público.