09
Nov
2019

Intimación al notariado. Carta documento

Ante la organización de la "Jornada federal de asesoramiento notarial" del 9/11/19, el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires -del cual el Colegio de Abogados de San Isidro forma parte activa y permanente- cursó un requerimiento para que se abstengan de brindar asesoramiento jurídico a la ciudadanía. Carta documento.
El asesoramiento jurídico en forma gratuita sólo puede enmarcarse en las disposiciones de la Ley 5177; la que confiere a los Colegios de Abogados departamentales, la reglamentación -en forma privativa- de dicha actividad
 
Con motivo de la Jornada Federal de Asesoramiento Notarial, organizada por el Consejo Federal del Notariado Argentino, para el día 9 de noviembre de 2019, el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires -del cual el Colegio de Abogados de San Isidro forma parte activa y permanente-  ha dispuesto requerir a ese Consejo Federal, al Colegio Provincial y a sus matriculados que se abstengan de realizar asesoramiento jurídico a la ciudadanía, dado que se trata de una actividad profesional reservada exclusivamente a quienes se encuentran habilitados legalmente para el ejercicio de la abogacía.
La Jornada dispuesta por el Consejo Federal del Notariado implica una injerencia ilegítima en el ámbito de las actividades profesionales exclusivamente reservadas a las abogadas y los abogados por la Resolución Nº 3401-E/2017 del Poder Ejecutivo Nacional, que lo ha sido en función de la preservación de los altos intereses sociales confiados a su gestión (según art. 43 y ccs. de la ley nacional 24.521).
Queda claro que en la Provincia de Buenos Aires el asesoramiento jurídico en forma gratuita sólo puede enmarcarse en las disposiciones de la Ley 5177; la que confiere a los Colegios de Abogados departamentales, la reglamentación -en forma privativa- de dicha actividad. 
 
Fuentes
COLPROBA

Noticias

Durante el transcurso de la jornada de hoy -16/5/14- se llevó a cabo la Asamblea General Ordinaria conforme lo establece la ley 5177, sometiéndose a consideración la Memoria y el Balance y el Cuadro de Resultados del ejercicio comprendido entre el 1/2/2013 al 31/1/2014. Asimismo se celebró el acto eleccionario de renovación de autoridades.Resultados.
De acuerdo con lo establecido en el Art. 38 de la ley 5177 (ref. ley 12277), deberá someterse a consideración la Memoria y el Balance y el Cuadro de Resultados del ejercicio comprendido entre el 1º de febrero de 2013 al 31 de enero de 2014 de nuestro Colegio.
La Comisión para la Elaboración del Proyecto de Ley de Reforma, Actualización e Integración del Código Penal de la Nación, designada por el Decreto 678/12, ha elevado al Poder Ejecutivo el resultado de sus trabajos, concretados en los documentos: el Anteproyecto de Código Penal y la Exposición de Motivos. Textos completos para examinar
En relación al proyecto para la reforma y unificación de los Códigos Civil y Comercial, como asimismo de la presentación del Poder Ejecutivo referida a la responsabilidad del Estado, invitamos a los colegas interesados a analizar y compartir sus reflexiones sobre estos temas.
Se comunica a los interesados que respecto al anteproyecto relacionado con la reforma de los artículos 27 y 28 del decreto 2310/10, el Consejo Directivo del Colegio de Abogados de San Isidro ha remitido expresas instrucciones para peticionar su retiro. Actualización: Acta del 16-4-2014.