09
Nov
2019

Intimación al notariado. Carta documento

Ante la organización de la "Jornada federal de asesoramiento notarial" del 9/11/19, el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires -del cual el Colegio de Abogados de San Isidro forma parte activa y permanente- cursó un requerimiento para que se abstengan de brindar asesoramiento jurídico a la ciudadanía. Carta documento.
El asesoramiento jurídico en forma gratuita sólo puede enmarcarse en las disposiciones de la Ley 5177; la que confiere a los Colegios de Abogados departamentales, la reglamentación -en forma privativa- de dicha actividad
 
Con motivo de la Jornada Federal de Asesoramiento Notarial, organizada por el Consejo Federal del Notariado Argentino, para el día 9 de noviembre de 2019, el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires -del cual el Colegio de Abogados de San Isidro forma parte activa y permanente-  ha dispuesto requerir a ese Consejo Federal, al Colegio Provincial y a sus matriculados que se abstengan de realizar asesoramiento jurídico a la ciudadanía, dado que se trata de una actividad profesional reservada exclusivamente a quienes se encuentran habilitados legalmente para el ejercicio de la abogacía.
La Jornada dispuesta por el Consejo Federal del Notariado implica una injerencia ilegítima en el ámbito de las actividades profesionales exclusivamente reservadas a las abogadas y los abogados por la Resolución Nº 3401-E/2017 del Poder Ejecutivo Nacional, que lo ha sido en función de la preservación de los altos intereses sociales confiados a su gestión (según art. 43 y ccs. de la ley nacional 24.521).
Queda claro que en la Provincia de Buenos Aires el asesoramiento jurídico en forma gratuita sólo puede enmarcarse en las disposiciones de la Ley 5177; la que confiere a los Colegios de Abogados departamentales, la reglamentación -en forma privativa- de dicha actividad. 
 
Fuentes
COLPROBA

Noticias

Invitamos a los colegas a festejar en la sede colonial del Colegio, Martín y Omar 339, el día del Abogado el viernes 30 de agosto de 2013. El programa previsto comienza con una celebración a las diez de la mañana en la Catedral de San Isidro. Tarjetas en venta desde el 8 de agosto. Los esperamos.
El jueves 7 de junio del corriente, el Sr. Juez Federal a cargo del Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo nro.1 de San Martín, Dr. Carlos Alberto Papavero quien conoce en la demanda promovida por el Colegio (y por derecho propio, su Presidente) contra la aplicación de la ley 26855, dio a conocer su fallo.
El Colegio de Abogados San Isidro, promovió hoy 30 de mayo de 2013 a las 12:20, una acción declarativa de inconstitucionalidad en los términos del artículo 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 2, 4, 18 y 30 de la Ley 26.855.
El Juzgado en lo Correccional nro. 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Dra. Andrea C. Pagliani, multó a un abogado matriculado en Capital Federal por ejercer la profesión en San Isidro careciendo de la correspondiente matrícula provincial.
De acuerdo con lo establecido en el Art. 38 de la ley 5177 (ref. ley 12277), deberá someterse a consideración la Memoria y el Balance y el Cuadro de Resultados del ejercicio comprendido entre el 1º de febrero de 2012 al 31 de enero de 2013 de nuestro Colegio.