10
Abr
2013

La Caja de Previsión Social para Abogados de la Prov.de Bs. As. requiere apoderados externos

El Directorio de la Caja de Previsión Social para Abogados bonaerense resolvió aprobar que a los fines de gestionar el cobro extrajudicial y judicial de las cuotas anuales obligatorias establecidas por el art.12 inc.b) de la ley 6716 t.o. dec.4771/95, se proceda a otorgar Poder General para Juicios a abogados de la matrícula en los Departamentos Judiciales que se considere necesario, convocando a apoderados externos.

Por ello y a tal fin, solicita a los respectivos Colegios Departamentales un listado de abogados interesados para cubrir la cantidad de abogados requeridos, los cuales deberán cumplir, con las siguientes condiciones:

1- Tener cinco años de ejercicio activo en la profesión;
2- No tener deuda con la Caja de Abogados de ningún tipo;
3- Tener la matrícula activa y sin deudas;
4- Tener asiento del estudio jurídico en el Departamento Judicial para el cual se lo designa, encontrándose colegiado en el mismo Departamento.

Conforme lo resuelto por el Directorio (expte.544321/C/2012/09), la elección será efectuada por los correspondientes Directores Departamentales. De acuerdo al cronograma de deuda CAO aprobado el 22 de febrero de 2013, en el Departamento Judicial que corresponda a su Colegio de Abogados, se ha resuelto iniciar reclamos extrajudiciales y eventualmente judiciales mediante apoderados externos, razón por la cual solicitan que cada Colegio brinde un listado de abogados que cumplan las condiciones señaladas y estén interesados en postularse como apoderados externos de la Caja de Abogados. Los colegas interesados en mocionarse en la selección antedicha, podrán postularse por nota  hasta el 30 de mayo, en Martín y Omar 339 San Isidro, de 8:00 a 18:00.

Noticias

Conforme el texto de la ley de la provincia de Buenos Aires nro. 12983 el jueves 16 de noviembre del corriente, se festejará el Día del empleado judicial en el ámbito bonaerense, con cese de actividad judicial para todos los fueros de la Provincia. La noticia ha sido publicada en el portal web de la SCBA. Más abajo se transcribe la ley antedicha.
Se encuentra disponible el servicio de solicitud de partidas en línea mediante un link directo al Registro de las Personas. Los pasos a seguir para completar el trámite y generación de la boleta para su pago. Partidas gratuitas y partidas pagas.
Ante reiteradas medidas de fuerza tomadas por la AJB, este Colegio exige que: se garantice el libre acceso a Tribunales, las Mesas de entradas permanezcan abiertas, funcionarios y jueces estén a disposición de letrados, se reciban todos los escritos y se tomen las audiencias. Protocolo por incumplimientos y cursos de acción.
La “Caratula de Presentación de Documentos Judiciales” implementada por el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires acompañará a toda la documentación judicial proveniente de órganos jurisdiccionales de la Provincia, con exclusión de la que se refiera a servicios de publicidad y medidas cautelares: será obligatoria a partir del 3/7/17.
A disposición de los interesados los modelos de poder general y especial conforme lo normado por los arts. 284, 285, 363 y 1319 del Código Civil y Comercial (principio de libertad de formas) y los arts. 1015 y 1017 del mencionado Código (en cuanto a la no exigencia expresa de instrumento público para la acreditación del mandato para intervenir en juicio). Jurisprudencia.