10
Abr
2013

La Caja de Previsión Social para Abogados de la Prov.de Bs. As. requiere apoderados externos

El Directorio de la Caja de Previsión Social para Abogados bonaerense resolvió aprobar que a los fines de gestionar el cobro extrajudicial y judicial de las cuotas anuales obligatorias establecidas por el art.12 inc.b) de la ley 6716 t.o. dec.4771/95, se proceda a otorgar Poder General para Juicios a abogados de la matrícula en los Departamentos Judiciales que se considere necesario, convocando a apoderados externos.

Por ello y a tal fin, solicita a los respectivos Colegios Departamentales un listado de abogados interesados para cubrir la cantidad de abogados requeridos, los cuales deberán cumplir, con las siguientes condiciones:

1- Tener cinco años de ejercicio activo en la profesión;
2- No tener deuda con la Caja de Abogados de ningún tipo;
3- Tener la matrícula activa y sin deudas;
4- Tener asiento del estudio jurídico en el Departamento Judicial para el cual se lo designa, encontrándose colegiado en el mismo Departamento.

Conforme lo resuelto por el Directorio (expte.544321/C/2012/09), la elección será efectuada por los correspondientes Directores Departamentales. De acuerdo al cronograma de deuda CAO aprobado el 22 de febrero de 2013, en el Departamento Judicial que corresponda a su Colegio de Abogados, se ha resuelto iniciar reclamos extrajudiciales y eventualmente judiciales mediante apoderados externos, razón por la cual solicitan que cada Colegio brinde un listado de abogados que cumplan las condiciones señaladas y estén interesados en postularse como apoderados externos de la Caja de Abogados. Los colegas interesados en mocionarse en la selección antedicha, podrán postularse por nota  hasta el 30 de mayo, en Martín y Omar 339 San Isidro, de 8:00 a 18:00.

Noticias

Agregamos dos servicios de información que no reconoce precedente por la trascendencia y la novedad que involucra la forma de su prestación: el acuerdo logrado con la editorial de IJ Editores y un acuerdo con Thomson Reuters La Ley y Abeledo Perrot, por medio del cual, y gracias a la tecnología podemos acercar a sus estudios una biblioteca básica digital.
Las presentaciones de cédulas, oficios, exhortos, rogatorias y otras peticiones dirigidas a la AFIP (cuando no hubiere constituido domicilio procesal) correspondientes a la CABA y Gran Buenos Aires, deberán ser efectuadas exclusivamente en Balcarce 167, CABA, División Oficios, PB, Ventanillas 8, 9 y 10. Interior del país: se considerará domicilio legal del Organismo la Agencia Sede, Agencia, Distrito y Aduanas, respectivas.
Novedad. Un video donde expone el Sr. Presidente del Colegio, Dr. Guillermo E. Sagués acerca de la nueva ley de honorarios profesionales -14967- en relación a los aspectos más sustanciales de esta normativa. Edición en soporte papel a disposición de los matriculados. (Tabla de honorarios)
Los matriculados pueden informar cualquier violación a la ley 14967. Los datos aportados constituirán un relevamiento de regulaciones contrarias a la ley y a la dignidad del trabajo profesional, que permitirán identificar situaciones concretas de la práctica cotidiana en el ejercicio profesional. El Colegio actuará en consecuencia. Formulario
Conforme el texto de la ley de la provincia de Buenos Aires nro. 12983 el jueves 16 de noviembre del corriente, se festejará el Día del empleado judicial en el ámbito bonaerense, con cese de actividad judicial para todos los fueros de la Provincia. La noticia ha sido publicada en el portal web de la SCBA. Más abajo se transcribe la ley antedicha.