09
Jul
2019

La construcción de la autonomía y el valor simbólico de la Independencia

Reflexiones acerca del valor simbólico de la Independencia Nacional. Giro histórico y sus alcances: autonomía fundante, fase de autoconstrucción e identidad nacional. La justicia y el reclamo de órganos independientes para su aplicación. La autonomía de la Abogacía organizada. Las ideas señeras del Colegio de Abogados de San Isidro.
9 de Julio: Día de la Independencia
 
Ante un nuevo aniversario resulta propicio reflexionar acerca del valor simbólico de la Independencia Nacional.
En efecto, cabe reconocerle al evento que en su faceta histórica tiene la impronta fundacional de la Nación Argentina y de lo que como sociedad supimos construir hasta el presente. Una expansión ejemplificadora y docente, en cuanto implica un corte con toda dependencia ajena, la que nos arrojó a una autonomía fundante que, embrionariamente, empezó a desenvolverse desde 1810; pero que maduró en 1816 hacia la fase de la autoconstrucción.
La independencia reclama autonomía.
La autonomía es un valor que tiende a la edificación de una identidad nacional; un ser que adquiere sentido en tanto sirve de continente al desarrollo personal integral y comunitario de cada uno de los ciudadanos y colectivos que la componen.
Analógicamente la independencia se convierte en valor, desde que permite evolucionar en la diversidad; independencia que no se identifica con el individualismo, que se nutre de la solidaridad y la fraternidad; por el contrario, es saber que el aporte de cada uno a un cuerpo social es necesario para el crecimiento mutuo.
Los poderes de la República, en esta lógica, deben ser autónomos, de modo tal de aportar -con el ejercicio de las potestades que le son propias- a las funciones básicas del Estado.
Y si la Justicia -como valor- reclama de órganos independientes para su aplicación, ello está implicando que la sociedad necesita de esos órganos argumentaciones y fundamentos que no respondan a otros intereses que servir a aquel alto valor.
En procura de ella, también la Abogacía organizada reclama autonomía de otros apetitos, siendo menester reivindicar la capacidad del abogado para advertir el avasallamiento de los derechos y convertirse en vehículo de su defensa y de reconocimiento de las garantías fundamentales bajo la forma de peticiones al órgano constitucional independiente.
De lo contrario, la organización jurisdiccional pierde su razón de ser.
La independencia es autonomía. La autonomía reclama la formación robusta de cada entidad, de cada individuo, de cada componente de esta sociedad, de modo de aportar elementos sólidos para una construcción nacional.  
Estas ideas, que presiden nuestro accionar, han sido las fundantes del Colegio de Abogados de San Isidro y hoy mantienen su más absoluta actualidad.

¡Feliz día de la Patria!

Noticias

Desde ayer a la tarde ( 21 de febrero) el Sr. Presidente del Colegio, Dr. Santiago Quarneti se encuentra reunido junto a todos los Presidentes de los Colegios de Abogados departamentales bonaerenses participando de la primera sesión del año del Consejo Superior del COLPROBA-. La misma -presidida por el Dr. Mateo Laborde- se está celebrando en el Colegio de Abogados de Necochea-.
Durante la mañana del día de hoy fuimos sorprendidos con la caída de un adoquín arrojado desde lo alto de Tribunales. A pesar de a cantidad de público presente, en ese momento no pasó nadie, por lo que no hubo que lamentar víctimas. El objeto que provocó la rotura de vidrios fue lanzado desde el interior del edificio. Reclamo.
[Afiche para imprimir].Como la entrada en vigencia de la ley 27348 impone la instancia "previa, obligatoria y excluyente" ante las Comisiones Médicas Jurisdiccionales para los reclamos basados en la Ley de Riesgos del Trabajo, en defensa de las incumbencias profesionales, aconsejamos a los afectados a acudir con la asistencia de un abogado/a de su confianza. Dictamen
El Dr. Roberto Gargarella expresó su desacuerdo ante el anuncio de medidas que buscarían bajar la edad de imputabilidad penal de los menores.Lo hizo en una entrevista televisa, afirmando que ellas son moralmente equivocadas, políticamente inefectivas y penalmente inútiles. Resaltó el programa de justicia penal juvenil restaurativa de San Isidro.
(Ley 14967) Se hace saber que el martes 18 de diciembre del corriente año, fue presentada ante la Secretaría del Jurado de Enjuiciamiento de la Provincia de Buenos Aires, una denuncia contra los titulares de la Sala Primera de la Cámara Segunda de Apelación en lo Civil, Comercial y del Fuero de Familia del Departamento Judicial de La Plata.