08
Nov
2018

La información: clave para formar opinión. Declaración

En reiteradas notas se ha examinado la función de los Colegios de Abogados. Por nuestra parte y en relación al editorial publicado por La Nación “Abogados sin ética”, damos a conocer a la sociedad el significado que tiene la “Colegiación” para el Colegio de Abogados de San Isidro.

La información: clave para formar opinión

Respecto al editorial del diario La Nación “Abogados sin ética” de los días 29 y 30 de octubre del 2018.

En reiteradas notas se ha examinado la función de los Colegios de Abogados. Por nuestra parte y en relación al editorial publicado por La Nación “Abogados sin ética”, damos a conocer a la sociedad el significado que tiene la “Colegiación” para el Colegio de Abogados de San Isidro.

Como el abogado es un miembro fundamental del servicio de justicia, es necesario velar por su conducta al abrigo de la ética y también al cumplimiento de las leyes en sentido general; esto lo resolvemos a través de la actuación del Tribunal de Disciplina y preventivamente generando calificada actividad académica que optimice un idóneo desenvolvimiento profesional.

Asimismo, reconociendo el interés social y el compromiso solidario que significa el ejercicio de la abogacía, contamos con un servicio social que atendió a más de 2000 personas durante este año, merced al trabajo abnegado y gratuito de más de un centenar de colegas. También sostenemos numerosos convenios con los Ministerios de Justicia de Nación y Provincia, con la Procuración General de la SCBA y varios Municipios, para asistencia a las víctimas y demás personas que se encuentren en estado de indefensión de sus derechos.

Defendemos inclaudicable y permanentemente el valor Justicia en pos del aseguramiento de los derechos constitucionales. Ello, valiéndonos de la denuncia y acusación a los funcionarios y magistrados de la Administración de Justicia, por las causales establecidas en la legislación vigente, situación que significó la destitución de varios jueces (Dres. Eduardo Rico, Osvaldo Miguel Solimine y Alejandra C. Velázquez), en otros la renuncia anticipada a la celebración del Jury (Dra. Amancay Herrera) o al decidirse la acusación (Dres. Jorge J. Aguirre y Lidia Fasano Mastrini).

Fueron los Colegios de Abogados los que impulsamos y fuimos convocados para articular y formalizar la capacitación de los abogados en el proceso de digitalización de la Justicia, implementada en la Provincia de Buenos Aires, consecuentes con una política de modernización del Estado.

Nuestro alcance es, pues, la defensa del profesional como integrante necesario del sistema de Justicia. Y si se comprobara la comisión de una falta de ética de un colegiado, en su caso debería actuar el Colegio que posea competencia territorial, que en el particular le correspondería al Colegio Público de Abogados de Capital Federal.

Como Institución, nos excede hacernos cargo de la vida privada de los colegas o del modelo de vida elegido aunque se haya tornado público a través de la prensa y redes sociales, por más que ciertos medios –incluso- se aprovechen de ello.

La imagen del abogado ha sido distorsionada y denostada desde la existencia misma de la abogacía.

Es que el cuestionamiento debe centrarse en la actividad y ejercicio de la defensa, no en la conducta de algún profesional.

Lo que parece irritar es más bien lo que realmente significa la abogacía: el único baluarte imbatible contra el completo avasallamiento de los derechos de los más vulnerables.

Y si las opiniones constructivas suelen fundarse en informaciones que, en la medida que se amplíen o rectifiquen, alientan al cambio de aquellas primeras valoraciones, es que aseveramos que: la abogada, el abogado, son quienes acompañan al perseguido al pie del patíbulo, defendiendo hasta el final, la justicia de su causa.

Recusamos a los malos abogados. Pero bajo un cuestionamiento genérico jamás puede tolerarse que se intente menoscabar la importancia indudable del ejercicio de la abogacía en la consolidación de la paz social y la defensa del estado de derecho.

 San Isidro, 1° de noviembre de 2018. Consejo Directivo del Colegio de Abogados de San Isidro.
 

Infoban,2/11/2018. Correo de lectores

Noticias

La Corte Suprema declaró en un fallo del 4-11-15 la inconstitucionalidad de la ley 27.145 que establecía el régimen de subrogaciones y fijó un régimen transitorio de designación de subrogantes. Declaró la inconstitucionalidad del reglamento de designaciones de subrogantes del Consejo de la Magistratura y de todas las listas de conjueces. Texto de la sentencia.
A las tres de la tarde del jueves 8 de octubre de 2015, los abogados de San Isidro -acompañados por sus pares locales y de otros Departamentos judiciales, autoridades y funcionarios del Poder judicial- entonaron el himno, dando inicio al festejo académico central del cincuentenario de la fundación del Colegio. Reconocimientos. Conferencias.
La pregunta acerca de qué ideología es incompatible para que un juez cumpla con sus funciones de un modo técnicamente aceptable no es fácil de contestar ni ha recibido una respuesta homogénea en todos los sistemas políticos, ni en todas las épocas. Con este planteo comenzó el catedrático Dr. Malem Seña la conferencia que fue seguida con sumo interés por la audiencia. Versión completa.
Cumpliendo el cronograma de los actos en homenaje al cincuenta aniversario de la creación del Colegio, se celebró el 7 de octubre de 2015, un reconocimiento a los Colegas fundadores. A la par se presentó el libro conmemorativo de los cincuenta años. Se descubrió una placa alusiva
Certificado de nacimiento: hace 50 años, el Dr. Bidau, pidió la palabra al delegado organizador designado por el Colegio de Abogados de la Provincia, Dr. Galletti, para informarle que la agrupación que lo postulaba para el cargo de presidente desistía de observaciones formuladas al escrutinio, proponiendo a la asamblea la proclamación de la lista que llevaba como candidato para el mismo cargo al Dr. Humberto Monelos.