Ley 5177. Historia institucional

  • Martín y Omar 339. San Isidro. Frente edificio enero 2020

Ejercicio y reglamentación de la profesión de abogado y procurador. Reglamento de funcionamiento de los colegios departamentales. (Art. 50 inc. e) de la Ley 5177 - T.O. por Decreto 180/87 - modificada por sus similares 12277 y 12548) -Ver textos completos-.

Historia institucional
Fundación. Desarrollo. Ámbito institucional. Área de gestión social. Ámbito académico, cultural y deportivo. Ámbito de difusión. El Colegio de Abogados de San Isidro, fundado en 1965 rige su desenvolvimiento conforme a lo establecido por la ley 5177, que establece la colegiación obligatoria en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires. Es una persona de derecho público no estatal sin fines de lucro. No posee ningún tipo de subsidio y se sostiene exclusivamente con el aporte de sus matriculados. A la fecha (2019) los profesionales activos superan a los 10.000 abogados. Leer más...

- XL Aniversario: 1965- 2005. Número especial en Conmemoración a la Creación del Colegio de Abogados de San Isidro
 El 8 de octubre de 2005 se cumplieron cuarenta años de la fundación del Colegio de Abogados de San Isidro. Sueños, esfuerzos y la acción ininterrumpida de un recordado grupo de colegas hicieron posible llegar al acto fundacional.  Su vida, desde aquel momento  hasta el presente estuvo y está  marcada por la vocación, el trabajo y sacrificio diario de todos sus componentes y lo será para el futuro. Cuarenta años reflejados en documentos, publicaciones, hechos y anécdotas, dan cuenta de su permanente crecimiento, de su acción constante al servicio de nuestra profesión, del bien común y de los matriculados, destinatarios de la razón de ser de la Institución. Con pluralismo, diversidad y discrepancia, hemos transitado estos primeros cuarenta años, con la mira en un proyecto único, la defensa del Estado de Derecho y ser el primer Abogado de los Abogados, para que estos puedan libre y dignamente ser Abogados.

- Aniversario 50°. Número especial. Conmemoración de la creación del Colegio de Abogados de San Isidro|1965-2015

-La primera abogada argentina: Dra. María Angélica Barreda

-Historia de San Isidro
El sábado 11 de junio de 1580 Don Juan de Garay, fundó la ciudad de la Trinidad -hoy Buenos Aires- capital de la República Argentina.
Y el lunes 24 de octubre de ese mismo año, repartió las "tierras de pan llevar", entre los sesenta y siete vecinos fundadores, para que pudieren contar con lo preciso para vivir conforme al estilo de esos tiempos.  Dieciocho de esos primeros pobladores poseyeron fracciones en San Isidro, quince en Vicente López y dos en San Fernando. Leer más...

 

Noticias

Con la participación de más de 1000 espectadores en simultáneo (Zoom + Facebook Live) y más de 7500 reproducciones, se desarrolló el 7/8/2020 la Jornada de Firma Digital y Ejercicio Profesional, organizada por Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires y el Colegio de Abogados de San Isidro, en la que estuvieron presentes los presidentes de los distintos Colegios Departamentales.
La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires resolvió licenciar por el término de noventa (90) días al Agente Fiscal del Departamento Judicial San Isidro, Claudio Scapolán.
Los Colegios de Abogados que conforman el COLPROBA hemos sido habilitados para ofrecer a nuestros matriculados la posibilidad de trabajar con firma digital.
En todo proceso lo que debe acreditarse, es la determinación de qué fue lo sucedido, es decir, el cuándo y cómo se concretó el delito, ya que sólo una vez comprobado, se podrá indagar acerca del quién y el porqué…Cada año que pasa sin tomar una decisión de esta naturaleza nos aleja cada vez más de poder darle a la memoria de los muertos, la verdad y justicia que merecen. Por el Dr. Juan Carlos García Dietze.
El Colegio de Abogados de San Isidro adhiere a la declaración de la FACA que expresa su repudio a los recientes hechos de vandalismo cometidos en la Plaza de Mayo que mancharon los dibujos de los pañuelos blancos símbolo de la lucha desplegada por las Madres de Plaza de Mayo. Ello merece el categórico rechazo de la abogacía organizada.