09
Abr
2019

Liquidación de créditos reconocidos judicialmente. Jurisprudencia

Créditos reconocidos judicialmente: deben liquidarse cfr. la tasa pasiva más alta fijada por el Banco Prov. de Bs. As. en sus depósitos a 30 días, vigente al inicio de c/u de los períodos comprendidos, y, por aquellos días que no alcancen a cubrir el lapso señalado, el cálculo será diario con igual tasa, desde la fecha del día del hecho dañoso hasta el día de su efectivo pago.

Liquidación de créditos reconocidos judicialmente. Jurisprudencia 

La Corte de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires  ha establecido -por mayoría- que los créditos reconocidos judicialmente deben liquidarse con arreglo a la tasa pasiva más alta fijada por el Banco Provincia de Buenos Aires en sus depósitos a treinta días, vigente al inicio de cada uno de los períodos comprendidos, y, por aquellos días que no alcancen a cubrir el lapso señalado, el cálculo será diario con igual tasa, desde la fecha del día del hecho dañoso hasta el día de su efectivo pago (conf. arts. 7 y 10, ley 23.928, modif. por ley 25.561 y 622, Cód. Civ.)

SCBA. Acuerdo del 9 de mayo de 2018

Causa C. 119.370, "Hernández, Alejandro y otro contra Municipalidad de Tres Arroyos y otros. Daños y perjuicios"

Fallo completo versión word

 

Fuentes
SCBA

Noticias

El 12 de mayo del corriente ha sido publicada la ley 27.362 sobre la limitación a la aplicación de la Ley del 2 x 1 en casos de delitos de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra. Lo dispuesto en su articulado es la interpretación auténtica del artículo 7° de la ley 24.390 —derogada por ley 25.430— y será aplicable aún a las causas en trámite.
Fallo reciente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación caratulado:"Enap Sipetrol Argentina S.A. c/ Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Provincia de s/ acción declarativa de inconstitucionalidad" del 21 de marzo de 2017.(Voces: Honorarios de abogados - Monto del juicio - Exclusión de los intereses a los fines de la fijación de los emolumentos profesionales)
A disposición de los interesados el texto completo del Acuerdo 3847/17 emitido el 5 de abril del corriente por la SCBA, que modifica el inciso h) del artículo 177 - "Contenido de la cédula de Notificación", del Capítulo IV, Título II, Sección 5 del Acuerdo 3397.
Resumen de noticias jurídicas en el ámbito nacional y en la provincia de Buenos Aires con referencia al acceso a la información pública, temas Impositivos; prórroga para ingreso, sorteo y asignación de causas por medios electrónicos,- Además: selección de acordadas, resoluciones y jurisprudencia de ambas Cortes
Determinación de los actos procesales de "mero trámite", a los fines previstos en el art. 56 inc. "c" de la ley 5177 (texto según ley 13.419 conforme el Acuerdo nro. 3842/17 del 8 de marzo emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires. Sus alcances. Excepciones. Texto completo.