14
Mayo
2019

Manifestación del Colegio ante la propuesta de la “sucesión notarial”

Manifestación del Colegio de Abogados de San Isidro frente a la reiterada insistencia de proponer la denominada sucesión notarial entendida como la posibilidad de que la transmisión sucesoria por causa de muerte se pueda tramitar en sede notarial (esta vez argumentando que se bajan los costos de tal actuación, ya que se la limita al 2% de los bienes relictos a favor del escribano).

Manifestación ante la propuesta de la “sucesión notarial”

Ante la reiterada insistencia de proponer la denominada sucesión notarial entendida como la posibilidad de que la transmisión sucesoria por causa de muerte se pueda tramitar en sede notarial (esta vez argumentando que se bajan los costos de tal actuación, ya que se la limita al 2% de los bienes relictos a favor del escribano), el Colegio de Abogados de San Isidro, manifiesta:

1.- La sucesión ab intestato o bien la testamentaria no es un mero trámite, sino que se trata de un acto jurisdiccional por el cual se declaran herederos en la denominada declaratoria de herederos, o bien en la aprobación del testamento.

2.- La sustitución de tal acto jurisdiccional en funcionarios que constituye la fe pública, no es constitucional:

3.- Así como el juez no es un mero fedatario, el notario no ejerce la jurisdicción; violentar estos conceptos básicos es violar la Constitución Nacional.

4.- La organización del proceso sucesorio, como manifestación del acto jurisdiccional es privativo de cada Provincia, lo que deriva en otra inconstitucionalidad en el avasallamiento del sistema Federal.

5.- El mentado ahorro no es cierto, por varias razones:

a.) el trámite sucesorio se encarece por la tasa de justicia, que es menor a la gabela establecido en la iniciativa conocida del 2% a favor del escribano;
b.) si hay un conflicto entre herederos hay que pagarle al escribano y luego recurrir a la justicia, lo que devengará nuevos gastos;
c.) a ese 2% deberá agregarse los costos impositivos por la intervención notarial y los previsionales;
d.) al Estado tampoco le saldrá más barato, ya que por vía de la negativa del ingreso de tasa de justicia (la mayoría de los contradictorios se tramitan con beneficio de litigar sin gastos) el servicio de justicia se desfinanciaría.

En definitiva, hay oportunidades de gasto ociosos que reducir sin mella del sistema de división de poderes, sin violar el estado federal, y sin privar a los ciudadanos de jurisdicción.
Colegio de Abogados de San Isidro, 14 de mayo de 2019

Noticias

A disposición de los interesados la copia de la resolución judicial dictada en la acción de amparo, por la cual se rechazaron los recursos interpuestos por la ANSES contra la resolución que hizo lugar a la denuncia del incumplimiento de la medida cautelar oportunamente decretada. Además la resolución de ANSES que autoriza a los abogados a intervenir como apoderados
El Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires interpuso acción de inconstitucionalidad contra el registro de abogados creado por Res. 479 de la ANSES. Solicitó se decrete en forma urgente una medida cautelar que suspenda la aplicación del mismo y se ordene a ANSES permita a los abogados iniciar trámites Previsionales sin previa inscripción en dicho Registro. Otros Colegios.
El Proyecto de Ley de Autarquía del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires será el tema a tratar el próximo lunes 27 de octubre a las tres de la tarde. El encuentro será en la sede académica del Colegio de Abogados de San Isidro, Acassuso 442. Informes
Coartar la posibilidad de un debate parlamentario, con análisis jurídicos serios es privar a la ciudadanía argentina de los objetivos primordiales que tuvieron los primeros Constituyentes en el Preámbulo de nuestra Carta Magna. Declaración emitida el 30 de septiembre de 2014, por el Consejo Directivo del Colegio de Abogados de San Isidro
El viernes 26 de septiembre de 2014 a partir de las 9:00 y hasta las 18:00 del mismo día se llevará cabo, en la sede colonial de nuestro Colegio, Martín y Omar 339 de San Isidro, el acto eleccionario para votar por el Representante Abogado entre los candidatos a consejeros para acceder al Consejo de la Magistratura de la Nación. Requisitos para votar. Padrones a disposición.