16
Sep
2024

Modificaron el Reglamento de Casillas Personales

La Dirección del Registro de la Propiedad (Prov. De Bs.As.) ha modificado el reglamento de casillas personales mediante la DISAD.-2024-173-GDEBA-DPRPMECONGP.
Cierre de las Casillas Personales habilitadas en las Delegaciones Regionales.
Canales.
Horarios.

DISAD.-2024-173-GDEBA-DPRPMECONGP,

Emitida por la Dirección Provincial con fecha 13 de septiembre de 2024.

 

EL DIRECTOR PROVINCIAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DISPONE

ARTICULO 1º. Establecer que a partir de la fecha de la presente se procederá a la baja del uso de Casillas Personales en todas las Delegaciones Regionales de este Organismo, por los motivos expuestos en los Considerandos de la presente.

ARTICULO 2 º. Determinar que por el Departamento Administrativo, se procederá al decomiso de la documentación, según lo indicado en el artículo 3° del Anexo I de la Disposición Administrativa D.P. N° 73/2009, que se encuentra en cada Delegación, correspondiente a los usuarios de Casillas Personales.

ARTICULO 3°. Modificar el artículo 4° de la Disposición Administrativa N° 73/2009 que quedará redactado de la siguiente forma: “ARTÍCULO 4°. El régimen de entrega, asignación de agentes, horarios de encasillado, seguridad de la documentación y espacio establecido a tal fin, estará a cargo del Departamento Recepción y Prioridades”.

ARTICULO 4°. Modificar el artículo 5° del Anexo I de la Disposición Administrativa N° 73/2009 que quedará redactado de la siguiente forma: “ARTÍCULO 5°. Notificada una disposición de otorgamiento de casilla, deberá abonarse el importe de la misma y presentar el respectivo comprobante en el Departamento Administrativo, dentro de las 48 horas. Si se opera el vencimiento del plazo otorgado sin que el interesado presentara comprobante de pago, se procederá a anular dicho otorgamiento y en su caso a reasignar la casilla”.

ARTICULO 5°. Modificar el artículo 11 del Anexo I de la Disposición Administrativa N° 73/2009 que quedará redactado de la siguiente forma: “ARTÍCULO 11. El retiro de documentación se realizará de la siguiente manera: se le solicitará al usuario el número de casilla personal, primero se da segunda salida y después se entrega remito, se realizarán dos listados de la documentación a entregar a fin de que el usuario verifique el mismo, debiendo suscribir uno de ellos el cual quedará en el Sector Casillero para su resguardo y para el otorgamiento de una segunda salida por sistema de la documental”.

ARTICULO 6°. Modificar el artículo 15 del Anexo I de la Disposición Administrativa N° 73/2009 que quedará redactado de la siguiente forma: “ARTICULO 15. En cualquier circunstancia en que se haya perdido el derecho de uso de la casilla personal, la documentación existente en la misma será restituida a los canales normales de entrega, por Salida General previa entrega de ticket”.

ARTICULO 7°. Modificar el artículo 17 del Anexo I de la Disposición Administrativa N° 73/2009 que quedará redactado de la siguiente forma: “ARTICULO 17. Las casillas en Sede Central estarán habilitadas para el uso por parte de los abonados todos los días hábiles en el horario de 8:00 a 14:00 horas”.

ARTICULO 8°. Derogar las Disposiciones Administrativas Nros. 23/2005, 44/2005, 94/2005,139/05, 211/05, 52/2006, 132/2006,166/2006, 153/2011, 201/2016, 131/2018

ARTÍCULO 9°. Registrar como Disposición Administrativa. Comunicar a las Direcciones Técnica, de Servicios Registrales y de Contralor y Vínculos Institucionales, a todas las Subdirecciones, Departamentos y Delegaciones que conforman este Organismo. Poner en conocimiento de los Colegios Profesionales Interesados, Cumplido archivar.

Noticias

En respuesta a las gestiones realizadas por el CASI y COLPROBA, desde el 13 de MARZO de 2023 los oficios electrónicos a la IGJ se tramitarán a través del sistema de Presentaciones y Notificaciones Electrónicas. La Res. 62/23 de la SCBA incorporó a los departamentos judiciales de San Isidro, Avellaneda-Lanús, La Matanza, Morón y Quilmes así como, los Registros Públicos de cada una de dichas jurisdicciones.
Hacemos saber que por Resolución SSJ Nº08/23 -SCBA-, se estableció el diferimiento de dos días para el cómputo del plazo establecido para el proveimiento o dictado de las resoluciones no urgentes recibidas durante la feria judicial del mes de enero.
A continuación podrá consultar la nómina de las autoridades judiciales designadas para prestar el servicio de administración de justicia como así también los horarios de atención al público en el Colegio, durante la feria judicial de enero 2023.
Durante la feria de enero 2023, al realizar una “nueva presentación” o “inicio de causa” el portal WEB de PyNE ofrecerá opciones, debiendo seleccionar la que corresponda para poder continuar con la confección y envío de la misma. Esto se dará tanto en la nueva como la vieja interfaz.
Se hace saber que la SCBA dispuso por Res. SC Nº 3037/22, que cuando el número de presentaciones por medios electrónicos no urgentes recibidas durante la feria judicial de enero supere las 120.000, operará de manera automática el diferimiento para el cómputo del plazo establecido para el proveimiento o dictado de resoluciones en un (1) día. Por cada 120.000 adicionales, se actuará de igual manera, agregándose un (1) día de prórroga hasta un máximo de tres (3) días de diferimiento. Más detalles