Suspenden el ingreso en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de trámites preferenciales por mudanza.
Se trasladarán a un inmueble sito en calle 6 y 8 de la ciudad de La Plata ( cfr. disposición nro. DI-2019-104- GDEBA- DPPJMJGP del 3/9/19.)
Igualmente dichos trámites se reciben en esta Delegación en el horario habitual, para ser girados oportunamente cuando reabran las oficinas.
Transcripción
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE PERSONAS JURÍDICAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES DISPONE:
ARTÍCULO 1: Establecer como último día de ingreso, por Mesa de Entradas de esta sede central, de trámites especiales, hasta la efectiva mudanza de este Organismo al nuevo edificio, de acuerdo a:
Trámites de quince días: El 10 de septiembre del 2019.
Trámites de cuatro días: El 20 de septiembre del 2019.
Trámites de un día: El 24 de septiembre del 2019.-
ARTÍCULO 2: Establecer como último día de ingreso, por el Departamento Delegaciones del Interior, de trámites especiales, hasta la efectiva mudanza de este Organismo al nuevo edificio, de acuerdo a:
Trámites de quince días: El 10 de septiembre del 2019.
Trámites de cuatro días: El 20 de septiembre del 2019.
Trámites de un día: El 24 de septiembre del 2019.
ARTÍCULO 3: Establecer como último día de ingreso por Mesa de Entradas de rúbricas de libros de esta sede central, de trámites especiales, hasta la efectiva mudanza de este Organismo al nuevo edificio, de acuerdo a:
Trámites de quince días: El 10 de septiembre del 2019.
Trámites de cuatro días: El 20 de septiembre del 2019.
Trámites de un día: El 24 de septiembre del 2019
ARTÍCULO 4: Establecer como último día de ingreso, por el Departamento Delegaciones del Interior de rúbricas de libros, de trámites especiales, hasta la efectiva mudanza de este Organismo al nuevo edificio, de acuerdo a:
Trámites de quince días: El 10 de septiembre del 2019.
Trámites de cuatro días: El 20 de septiembre del 2019.
Trámites de un día: El 24 de septiembre del 2019.
ARTÍCULO 5: Los trámites que ingresen con petición de especial con posterioridad a dichas fechas y los observados, se les dará trámite ordinario hasta la efectiva mudanza de este Organismo al nuevo edificio, continuando como especial a partir del primer día hábil de producida esta.
ARTÍCULO 6: Dejase establecido que los trámites que no se ajusten a la totalidad de los requisitos formales y fiscales previstos en las Disposiciones vigentes y que merezcan observaciones de este organismo, y que no sean subsanados antes de las distintas fechas de suspensión indicadas en los artículos anteriores, se les dará trámite ordinario hasta la efectiva mudanza de este Organismo al nuevo edificio, continuando como especial a partir del primer día hábil de producida esta.
ARTÍCULO 7: Por el Departamento Delegaciones del Interior habrá de procederse a instruir a las Oficinas Delegadas de esta Dirección Provincial, a los efectos de adoptar las medidas pertinentes en concordancia con lo establecido en la presente, estableciéndose que los plazos indicados se computarán a partir de que el expediente se encuentre ingresado en esta sede central, por lo que vencidos los mismos, deberán suspender el envío de expedientes de trámites especiales hasta la efectiva mudanza del Organismo al nuevo edificio.
Asimismo, los tramites comunes que ingresen por las delegaciones a partir del 6 de septiembre del 2019, deberán ser retenidos en las mismas, debiendo suspenderse el envío de los mismos a esta sede central, hasta la efectiva mudanza del Organismo al nuevo edificio.
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Trámites preferenciales suspendidos
(Ver Disposición completa)