27
Mayo
2019

Notificaciones de las Salas de la Cámara Penal de San Isidro

La totalidad de las notificaciones que deben cursar las Salas que integran la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Isidro son realizadas exclusivamente a través de la modalidad electrónica, conforme lo dispuesto en el Acuerdo N° 3845 de la SCBA

Exclusividad electrónica

Así fue dispuesto y tal surge de la Resolución de Presidencia de la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo  Penal Departamental 2/19, expedida el 23 de mayo del corriente. Y cuyo texto dice:

“Que mediante Acuerdo N° 3845 el día 22 de marzo de 2017, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires aprobó el nuevo "Reglamento para la notificación por medios electrónicos", y encomendó a la Subsecretaría de Tecnología Informática que realice los ajustes técnicos necesarios a fin de implementar la funcionalidades de adjunción de copias, de remisión electrónica  de cédulas a diligenciarse  en formato papel, así como las medidas  de seguridad adicionales  para dichos instrumentos y la operatoria de comunicaciones entre órganos judiciales y de éstos con entidades públicas. Que la mentada resolución entró en vigencia el día 2 de mayo de 2017.
 
Que los Secretarios de las Salas Primera, Segunda y Tercera que integran esta Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Departamental, efectuaron un requerimiento conjunto a esta Presidencia en la que dan cuenta que han consensuado que la totalidad de las notificaciones que deban cursar las Salas a las partes: Fiscalía General, Defensorías Oficiales o Particulares, ·lo sean en forma electrónica.
Los Secretarios motivaron su presentación en que de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo N° 3845, el sistema de notificaciones electrónicas se implementó en forma gradual y al día de la fecha se encuentran dadas las condiciones para su implementación definitiva. Asimismo, las Salas Primera y Tercera, señalaron que fueron auditadas recientemente por la Subsecretaría de Control de Gestión de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, y luego del relevamiento fueron invitadas a reducir los tiempos que insumen las distintas etapas del proceso, por lo que entienden que las notificaciones por medios electrónicos redundarían en un acortamiento significativo del plazo que insume dicha etapa. Por ello, 
RESUELVO:
l.  HACER SABER que la totalidad  de las notificaciones  que deben cursar las Salas que integran esta Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal; son realizadas exclusivamente a través de la modalidad electrónica, conforme lo dispuesto en el Acuerdo N° 3.845 de  la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires."(II y III de estilo. Firma: Dr. Leonardo Pitlevnik. Presidente).
 
Fuentes
Presidencia E. Cámara de Apelaciones Penal San Isidro

Noticias

El Colegio te mantiene informado acerca de las últimas novedades dispuestas por la la SCBA. A partir del 1/8/23 rige la nueva modalidad de contraseñas para el acceso a la Mesa de Entradas Virtual (MEV). Te explicamos cómo hacerlo en un breve video.
Para la inscripción de las personas jurídicas y organismos al Registro de Domicilios Electrónicos se implementó una nueva modalidad "autogestionable". Aquí te explicamos cómo funciona esta herramienta web de la SCBA.
Se ha establecido un sistema para enviar comunicaciones electrónicas interjurisdiccionales, en el marco de la Ley Nº 22172, desde el sistema de la SCBA "Augusta" hacia el sistema "Bus Federal de Justicia" y la contestación por parte de los órganos jurisdiccionales que se incorporen, utilizando los servicios web aportados por cada uno de los dos sistemas informáticos mencionados.
Ya habilitamos la asignación de turnos on line para tramitar la *firma digital*. Te explicamos qué es, qué alcance tiene, cómo hacerlo de la manera más clara y rápida posible. Podés sacar turno para la instalación de drivers (presencial o remota)
Aclaramos a las/los colegas que, ante una situación de aumento retroactivo del Jus, el aporte previsional debe ser calculado sobre el valor del Jus al momento de la regulación de honorarios y no al nuevo valor del Jus. Invitamos a los colegas a que nos lo hagan saber en caso de no haber sido respetada la Resolución emitida por la Caja de la Abogacía sobre el particular, detallada a continuación.