05
Mayo
2018

Pautas interpretativas del Ac. SCBA 3886/18

Ofrecemos una guía, confeccionada por el COLPROBA de la que nuestro Colegio forma parte activa y permanente, para aclarar dudas en relación a la Acordada n° 3886 de la SCBA que establece el nuevo reglamento para las presentaciones por medios electrónicos.
  • A partir del 1 de junio se producirá la digitalización plena del expediente en soporte papel. El mismo podrá ser visualizado en forma íntegra, y con todas las piezas y escritos judiciales que lo componen, a través del Sistema de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas.
  • Con el nuevo acuerdo, se deroga el acta poder para efectuar presentaciones electrónicas establecido en la Res. SCBA 1827/12 y la Res. SCBA 3415/12.

Es objeto de este trabajo -elaborado por el COLPROBA de la que nuestro Colegio forma parte  activa y permanente-, la interpretación de la nueva norma con el objeto de despejar las dudas que se han receptado.

* Noticia relacionada. Espacios de ayuda digital en el CASI. 
* También puede interesarle: SUMARIO: I. Un nuevo paradigma en materia de presentaciones electrónicas en la justicia provincial. • II. El portal web eguro de la Suprema Corte de Justicia: sostén del Sistema de Presentaciones Electrónicas. La auditoría como método de contralor. • III. La regla: obligatoriedad de la utilización del Sistema de Presentaciones Electrónicas. • IV. La excepción: presentación de escritos en soporte papel. • V. Carácter taxativo de las excepciones contempladas. Consecuencias ante la inobservancia del medio en que debe presentarse el escrito. • VI. La derogación del “acta poder” para efectuar presentaciones electrónicas. • VII. Presentación de escritos electrónicos. El cargo judicial. • VIII. Descarga de presentaciones electrónicas. • IX. Las copias de escritos para traslado. • X. Documentos acompañados a las presentaciones electrónicas. •XI. Digitalización de las constancias incorporadas al expediente en soporte papel. • XII. Mantenimiento de presentaciones en formato electrónico. • XIII. Algunas conclusiones preliminares  (Por Bielli, Gastón E. • Nizzo, Andrés L. Publicado en: LLBA2018 (abril), 1 Cita Online: AR/DOC/602/2018)

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Guía para despejar dudas sobre SNPE

Diagrama. Presione la imagen para leer el texto.

 

Fuentes
COLPROBA

Noticias

Desde el 14 de octubre se aplicará a los recursos ordinarios y de queja por su denegatoria, a las denuncias por retardo y denegación de justicia y presentaciones varias. Mientras que a partir del 1° de noviembre se usará para las causas ante la Secretaría de Juicios Originarios. *Domicilio electrónico: cómo obtenerlo. Procedimiento obligatorio
Ponemos a disposición de los interesados la nómina actualizada de las distintas sedes distritales del Ministerio Público Fiscal Departamental que nos hiciera llegar la Secretaría General de la Fiscalía de Cámaras del Departamento Judicial de San Isidro, el 14 de agosto del corriente.
Habiendo sido modificado el inciso 18 del artículo 467 de la disposición normativa serie “B” N° 1/04, ponemos a disposición el texto completo de la normativa actual para facilitar a los colegas las presentaciones que consideren pertinentes efectuar sobre el particular, ante el Banco Provincia de Buenos Aires.
Desde 1998, en que se implementó por una disposición del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, los colegas disponen de las ventajas que brinda el servicio del Registro de Instrumentos Privados que funciona diariamente en la sede colonial del Colegio (de 10:00 a 14:00)
Para los interesados en obtener la declaración de arbitrariedad e ilegalidad manifiesta de la resolución normativa n° 111/2008 dictada por ARBA el 28/11/2008 (B.O.09/12/2008) que introduce modificaciones relativas al sistema de liquidación y pago de los anticipos del impuesto sobre los ingresos brutos a partir del 01/11/2008, se encuentra disponible la demanda de amparo elaborada por el COLPROBA.