18
Feb
2015

Postulación del Dr. Roberto M. Carlés. Observaciones

Observaciones que merecen a este Colegio de Abogados la postulación por parte del Poder Ejecutivo Nacional del Dr. Roberto Manuel Carlés, para ocupar un cargo como Juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y que son debidamente elevadas al Sr. Ministro de Justicia de la Nación, Dr. Julio Alak. Acceda al documento completo

 

1965-2015. CINCUENTENARIO DE LA CREACIÓN DEL
COLEGIO DE ABOGADOS DE SAN ISIDRO

San Isidro, febrero de 2015.-

Señor Ministro de Justicia de la Nación
Doctor JULIO ALAK
S/D

Ref. Propuesta de candidato a la Corte Suprema de Justicia de la Nación

De nuestra consideración:

En uso de las facultades otorgadas por el artículo 6 del Decreto Nº 222/2003, tenemos el agrado de dirigirnos a V.E. en representación del Colegio de Abogados del Departamento Judicial de San Isidro, lo que surge de las copias autenticadas -de la última acta de asamblea y del acta de la reunión del Consejo Directivo que distribuyó los cargos de la Mesa Directiva- que se acompañan.

La índole de persona de derecho público no estatal, en el marco de la regulación establecida por la ley 5177 de la provincia de Buenos Aires impone el marco de su actuación, legitima esta presentación.
El carácter objetivo de la opinión de este Colegio de Abogados resulta de las obligaciones determinadas por la antedicha norma (artículo19), con referencia a la ausencia de actuación profesional por parte del candidato propuesto en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, y esencialmente de sus casi 50 años de historia en defensa de la Constitución nacional, el Estado de Derecho, los Derechos Humanos y la vigencia irrestricta de las instituciones republicanas, aspectos que son de público y notorio en nuestro país y en el exterior.
En razón de la representación aludida y lo dispuesto por los artículos 6 y 7 del Decreto Nº 222/2003 hacemos llegar a V.E. las observaciones que merecen a esta institución la postulación por parte del Poder Ejecutivo Nacional del Dr. ROBERTO MANUEL CARLÉS, para ocupar un cargo como Juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
(Leer la carta completa)

Noticias

El Colegio de Abogados de San Isidro extendió la vigencia del convenio celebrado con el Banco Provincia que incluye importantes beneficios para nuestros matriculados y matriculadas. Conocé los detalles que te permitirán abonar la matrícula en 6 cuotas, TOKEN y cursos en 3 cuotas sin interés y disponer de más ventajas.
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A partir de la sanción de la ley 14967 se han constatado alrededor de 300.000 regulaciones de honorarios practicadas por debajo de los mínimos legales. En la actualidad, las cifras se siguen incrementando. Los mínimos arancelarios son -a través de los aportes que generan- los mínimos ingresos que puede soportar el funcionamiento regular de la Caja para cumplir los fines para los que fue creada.
El Dr. Guillermo Sagués analiza el tema refiriéndose al panorama de situación. Las obligaciones básicas de los jueces. La inaplicación de la ley de aranceles: ¿una política del Pod. Judicial o un caso de anomia extendido y grave? Responsabilidad del estado provincial. Responsabilidades y deberes de la Caja de Prev. Social y de los Colegios de Abogados.

El 8 de marzo de 2024 con motivo del Día Internacional de la Mujer, se llevará a cabo una jornada conmemorativa convocada por el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires. El encuentro será a las 14:30, en Larroque 2360, sede del Colegio de Abogados de Lomas de Zamora.
El Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires y la Caja de Previsión Social para Abogados de la provincia de Buenos Aires presentaron una Acción declarativa de nulidad constitucional, para que se declaren la inconstitucionalidad e inconvencionalidad de los artículos 21, 23 y 24 de la ley 26122.
Autoridades del Colegio de Abogados de la provincia de Buenos Aires fueron recibidas el 14 de febrero del corriente, por el el Mtro. de Justicia y DDHH de la Nación, Dr. Cuneo Libarona, oportunidad en que abordaron temas de interés profesional y colegial.